71. Por otro lado, los autores intelectuales y materiales de los masacres intentan sistemáticamente caracterizar las víctimas, aunque inocentes e indefensas, como "enemigos" que deben ser eliminados o exterminados, - buscan, en suma, deshumanizarlas antes de matarlas44. Con esto, buscan "protegerse" del propio sentimiento de culpa por sus actos de extrema crueldad. El elemento de la intencionalidad parece estar siempre presente, a mi juicio como circunstancia agravante, inclusive para efectos de reparaciones. 72. La noción de "masacre" empieza a ser tomada como una "unité lexicale de référence": en dichos casos de masacres, los sobrevivientes y los familiares de las víctimas fatales traen consigo la carga de sus sufrimientos personales sumados a los sufrimientos de los que fueron masacrados45. Es esta una circunstancia agravante, sumada a la premeditación e intencionalidad que conllevaron a la perpetración de los masacres. En fin, en los esfuerzos por lograr la justicia restaurativa, hay necesariamente que tomar en cuenta los profundos efectos traumáticos de las masacres, no sólo y obviamente en las víctimas y sus familiares, sino también en el propio tejido social, en la propia población por afectada por las masacres como un todo. 73. Significativamente, el hecho de que víctimas de masacres, y personas que se encuentran en situaciones de la más aguda adversidad (como, inter alii, los detenidos en condiciones infra-humanas), logran hoy día alcanzar la jurisdicción internacional para hacer valer sus derechos. Tal hecho, - difícil de anticipar hace algunas décadas, - revela los avances del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en medio a tantas dificultades. Constituye, en mi percepción, una de las manifestaciones de la humanización del Derecho Internacional contemporáneo, que revela, además, el impacto del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el Derecho Internacional Público, y, en última instancia, lo que yo conceptuaría como la evolución corriente del Derecho Internacional hacia el Derecho de Gentes46. 74. Esta evolución viene a rescatar las raíces del pensamiento humanista, y su florecimiento a lo largo de los tiempos, en medio a las sucesivas atrocidades perpetradas por los individuos contra sus semejantes. Recuérdese, por ejemplo, que, en fines del siglo XVIII (en 1793), en luminoso ensayo escrito poco antes de ser ejecutado, Condorcet advertía que existía "une science du droit des gens: mais malhereusement on chercha des lois des nations, non dans la raison et la nature (...). On s'occupa moins des droits de l'humanité, de la justice envers les individus, que de l'ambition, de l'orgueil ou de l'avidité des gouvernements"47. . Para un dramático relato personal, cf. Primo Levi, The Drowned and the Saved, N.Y., Vintage, 1989 [reprint], pp. 11-203. 44 . Y. Ternon, Guerres et génocides au XXe. siècle, Paris, O. Jacob, 2007, pp. 80-82, y cf. p. 83. 45 . Cf., al respecto, mi estudio reciente: A.A. Cançado Trindade, Évolution du Droit international au droit des gens - L'accès des individus à la justice internationale: Le regard d'un juge, Paris, Pédone, 2008, pp. 1-188. 46 . Condorcet, Esquisse d'un tableau historique des progrès de l'esprit humain [1793], Paris, Flammarion, 1988 [reed.], p. 201. 47 21

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