tratado y se han adherido soberanamente a la jurisdicción contenciosa de la Corte,
sus precedentes se convierten en guías relevantes que requieren una carga especial
de argumentación cuando y si un d��a se trata de abandonarlos - lo que no parece ser
el caso de DESCA, especialmente después de un período pandémico que ha impuesto
más sufrimiento y desigualdad en uno de los continentes más desiguales del planeta.
62.
Las generaciones de juristas que nos han precedido en estas magistraturas
han dejado, en definitiva, un valioso legado que se ha integrado en el corpus de la
Convención y que debe ser honrado, no sólo por su calidad argumental, sino porque,
como se ha dicho en otro lugar, "la libertad no encuentra refugio en una
jurisprudencia de dudas".
III.
De la justiciabilidad de los DESCA en una sociedad latinoamericana
abierta de los intérpretes de la Convención
63.
Una vez demostrada la solidez de la jurisprudencia consolidada de la Corte
sobre la justiciabilidad de DESCA y cotejados los argumentos que justifican su
mantenimiento, es necesario profundizar en las razones que me impulsan a
pronunciar este voto concurrente, con un enfoque que inserte la comprensión del
artículo 26 de la Convención en el contexto cognitivo de la sociedad abierta
latinoamericana de los intérpretes de la Convención.
64.
Como señala Peter Häberle, en una lección de hermenéutica constitucional
que puede trasladarse al ámbito de los derechos humanos universales, “todo aquele
que vive no contexto regulado por uma norma e que vive com este contexto é,
indireta ou, até mesmo diretamente, um intérprete dessa norma. O destinatário da
norma é participante ativo, muito mais ativo do que se pode supor tradicionalmente,
do processo hermenêutico. Como não são apenas intérpretes jurídicos da
Constituição que vivem a norma, não detêm eles o monopólio da interpretação da
Constituição"45. Al analizar la interpretación y aplicación de normas de derechos
humanos por parte de las cortes constitucionales europeas, Häberle concluyó que las
autoridades judiciales de cada país se estaban convirtiendo en verdaderos “tribunales
constitucionales europeos”, trascendiendo su carácter eminentemente nacional, y
transformándose en agentes activos de la interpretación del derecho regional europeo
de los derechos humanos46.
65.
Puedo prever, teniendo en cuenta las proporciones, un escenario similar en el
contexto interamericano. En el ámbito de las sentencias de constitucionalidad
adoptadas por las cortes supremas y los tribunales constitucionales de las naciones
americanas, también se ejerce un control de convencionalidad, debido a la
integración existente entre los ordenamientos constitucionales de los Estados Parte
de la Convención y el ordenamiento interamericano dentro del Ius Constitucionale
Commune que rige la protección de los derechos humanos en nuestro continente. No
es posible pensar en la protección de los derechos humanos en los Estados
interamericanos sin considerar la sinergia y el diálogo existentes entre los ámbitos
45
HÄBERLE, Peter. Hermenêutica Constitucional. A sociedade aberta dos intérpretes da Constituição:
contribuição para a interpretação pluralista e procedimental da Constituição. Tradução: Gilmar Ferreira
Mendes. Porto Alegre: Sergio Antonio Fabris Editor, 2002. p. 15.
HÄBERLE, Peter. A Sociedade Aberta dos Intérpretes da Constituição – Considerações do Ponto de
Vista Nacional-Estatal Constitucional e Regional Europeu, Bem Como sobre o Desenvolvimento do Direito
Internacional, traducido por MENDES, Gilmar Ferreira, in Direito Público n°18, oct.-nov., 2007, p. 73.
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