-46homicidio por las que fue indagado” 197, y n) la Fiscalía continuó ordenando las pruebas pertinentes con el fin de determinar la responsabilidad de los integrantes de las FARC 198, y el 30 de octubre de 2013 vinculó a la investigación, por medio de declaratoria de persona ausente a dos personas integrantes de las FARC199. El 22 de diciembre de 2015, se resolvió su situación jurídica por los delitos de homicidio agravado y rebelión, y libró las órdenes de captura correspondientes200. 147. De acuerdo a lo expuesto, el Tribunal concluye que: a) las líneas de investigación que orientaron los procedimientos tomaron en consideración la profesión de periodista de la víctima de homicidio; b) se han valorado a lo largo del proceso varias líneas de investigación conforme fueron surgiendo y fueron obtenidos nuevos elementos probatorios, algunos de los cuales fueron proporcionados por los familiares de las víctimas; c) la sentencia absolutoria y su confirmación fueron debidamente motivadas y no consta ningún elemento que indique que esas decisiones se hubiesen adoptado con base en motivos de carácter fraudulento o en colusión con las partes involucradas; d) sobre la relación entre el homicidio de Pablo Bonilla y su relación con el homicidio de Nelson Carvajal, consta que la misma fue investigada y que no se llegó a determinar la existencia de un vínculo, y e) en lo que se refiere a la investigación que involucra la posible participación de las FARC en el homicidio de Nelson Carvajal, esta surge de declaraciones de Pablo Bonilla, confirmada dos años más tarde por Judith Carvajal, hermana de Nelson Carvajal. 148. Sobre este último punto, la Corte no puede dejar de advertir que existe una inconsistencia entre lo alegado por los representantes y lo que se produjo en la investigación por el homicidio de Nelson Carvajal. En efecto, no resulta coherente imputar al Estado que se siguieran equivocadamente líneas de investigación que los mismos familiares de la víctima contribuyeron en fortalecer sobre la responsabilidad de las FARC en el homicidio. Por otra parte, tampoco es razonable sostener que el Estado no estableció el vínculo entre la muerte de Pablo Bonilla –testigo que reveló la participación de las FARC en el homicidio– y la de Nelson Carvajal, cuando al tiempo se afirma por parte de los representantes que el Estado busca erróneamente responsabilizar a las FARC por el homicidio del periodista. 149. Con respecto a las líneas lógicas de investigación, la Corte reitera que no es un órgano de cuarta instancia y que no le corresponde pronunciarse sobre la idoneidad de determinada estrategia de investigación o sobre la forma precisa en la que se tiene que desarrollar una investigación. Únicamente correspondería semejante análisis cuando pueda existir un notorio o flagrante apartamiento de las líneas lógicas de investigación que esté en violación del deber de debida diligencia o de las garantías judiciales protegidas en la Convención Americana201, situación que no aparece con claridad en el presente caso. En este asunto, la Corte es de la opinión que los representantes y la Comisión no presentaron elementos de prueba suficientes que permitan concluir que se cumplen con esos extremos. 150. En suma, el Tribunal concluye que el Estado no es responsable por una violación a las 197 Cfr. Resolución de 25 de septiembre de 2009, Fiscalía General de la Nación. Expediente Penal, Cuaderno 19 (I), folios 61 a 74 (expediente de prueba, folios 12189 a 12202). 198 Cfr. Decisión de 7 de junio de 2012, Fiscalía General de la Nación. Expediente Penal, Cuaderno 19 (I), folio 147 (expediente de prueba, folio 12283). 199 Cfr. Resolución de 30 de octubre de 2013, Fiscalía General de la Nación. Expediente Penal, Cuaderno 19 (II), folios 203 a 206 (expediente de prueba, folios 12342 a 12345). 200 Cfr. Resolución de 22 de diciembre de 2015, Fiscalía General de la Nación. Expediente Penal, Cuaderno 19 (II), folios 256 a 275 (expediente de prueba, folios 12393 a 12412). 201 En el mismo sentido, véase Caso Vereda La Esperanza Vs. Colombia, párr. 231.

Seleccionar párrafo de destino3