-65sigan adoptando medidas eficaces de protección para garantizar la seguridad de los y las
periodistas que se encuentran sometidos a un riesgo especial por el ejercicio de su oficio, ya
sea que las amenazas provengan de agentes del Estado o que sean originadas en
particulares. En cuanto a esa solicitud, el Estado colombiano manifestó que dispone, a
través de la Unidad Nacional de Protección, con una serie de medidas de diversa índole para
garantizar la seguridad de periodistas y comunicadores en todo el territorio nacional, por lo
que la referida recomendación no resulta procedente. Además, sostuvo que “cuenta con
medidas robustas de protección a periodistas y comunicadores a nivel nacional,
encabezadas por la Unidad Nacional de Protección, y que se complementan con la
formulación de la Política Pública sobre Libertad de Expresión que lidera el Ministerio del
Interior”268.
217. La Corte valora los avances alcanzados hasta ahora por el Estado con el fin de adoptar
medidas de protección para garantizar la seguridad de las y los periodistas que se
encuentran bajo riesgo especial debido al ejercicio de su profesión. En lo que atañe al
fortalecimiento de las medidas de prevención y protección a periodistas en Colombia, el
Tribunal advierte que fue presentada información relacionada con políticas públicas que
fueron adoptadas con posterioridad a los hechos del caso por parte del Estado y que
precisamente se refieren a este tipo de acciones. No obstante, debido a la naturaleza de las
violaciones declaradas en el presente caso, este Tribunal estima necesario ordenar que el
Estado remita los informes periódicos que envía a los organismos especializados de la OEA y
de las Naciones Unidas, relacionados con las medidas implementadas para la prevención y
protección de las y los periodistas en Colombia, con el propósito de evaluar el cumplimiento
de las restantes medidas de reparación dispuestas en esta Sentencia.
D. Otras medidas de reparación solicitadas
218. Los representantes solicitaron a la Corte que: a) se ordene la confección de un informe
especial sobre falencias institucionales en la investigación y esclarecimiento del homicidio de
Nelson Carvajal, y b) se desarrolle el Proyecto de infraestructura Educativa en la Institución
Educativa Municipal Nacional sede Nelson Carvajal de Pitalito. También indicaron que, el
Estado debe fortalecer la implementación del “Programa de Prevención y Protección de los
derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y
comunidades” en beneficio de periodistas de trabajo regional, particularmente de quienes
ejercen la profesión en zonas rurales del país.
fortalecer su capacidad de investigación de los delitos contra periodistas, incluyendo las amenazas que estos
reciben por su labor, para que no queden impunes y se elimine la fuente de riesgo. Por último, señalaron que es
necesario que en la valoración del riesgo que se haga para decidir sobre la asignación de protección a periodistas
se tengan en cuenta factores como el tipo de información que estos difundían; las investigaciones periodísticas que
llevaban en tiempos recientes y el tipo de medio de comunicación y su ubicación.
268
El Estado hizo referencia al affidavit de Miguel Emilio La Rota Uprimny, Director de Políticas Públicas de la
FGN, en el que éste describió la actualidad de los programas y políticas con que cuenta la Fiscalía para atender a
los casos relacionados con crímenes cometidos contra periodistas. De ese modo, aludió a la creación del Equipo de
Género y Enfoque Diferencial, que incluyó entre sus líneas de trabajo de poblaciones vulnerables, y la línea de
violencia contra periodistas y comunicadores en razón de su oficio. Además, indicó que en 2015, la Dirección
Nacional de Políticas Públicas y Planeación realizó una serie de acciones y estrategias, que incluían a la población
de periodistas y comunicadores sociales como un eje temático. Agregó que en el marco de este eje temático se
asignaron funcionarios que trabajan tanto en el impulso de los procesos que versan sobre violencia contra
periodistas, y otros, encargados de coordinar y formular la política pública desde la Fiscalía, sobre este tema.
Además, agregó que desde noviembre de 2014 se consolidó la Mesa de Trabajo para el Acceso a la Justicia de
Periodistas y Comunicadores Víctimas de la Violencia en Razón a su Oficio. Indicó del mismo modo que desde el
año 2013, la entonces Dirección Nacional de Fiscalías dispuso la concentración de casos de homicidio contra
periodistas y comunicadores en razón de su oficio y construyó un contacto directo con la Fundación para la Libertad
de Prensa (FLIP) para el seguimiento, análisis e impulso de casos relacionados con este tipo de violencias. Cfr.
Declaración rendida ante fedatario público, Emilio La Rota Uprimny, 11 de agosto de 2017 (expediente de prueba,
folios 13556 a 13581).