27.
Asimismo, en caso de que esta persona hubiera fallecido, a la cantidad que le corresponde
a esta víctima se le realizará la deducción que eventualmente corresponda conforme al criterio
indicado en el párrafo anterior, esto es, le será deducido todo pago realizado en el pasado a dicha
persona en el marco del Acuerdo de Solución Amistosa del año 2007. Una vez realizada la referida
deducción -en caso de que así proceda-, la cantidad resultante se entregará, de conformidad con
lo indicado en el párrafo 188 de la Sentencia, directamente a sus derechohabientes, conforme al
derecho interno aplicable.
V
PUNTOS RESOLUTIVOS
28.
Por tanto,
LA CORTE,
de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los
artículos 31.3 y 68 del Reglamento,
DECIDE:
Por unanimidad,
1.
Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepción Preliminar,
Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Masacre de la Aldea Los Josefinos Vs. Guatemala
presentada por el Estado, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de
Interpretación.
2.
Declarar admisible la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepción Preliminar,
Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Masacre de la Aldea Los Josefinos Vs. Guatemala
presentada por los representantes, en los términos del párrafo 8 de la presente Sentencia de
Interpretación.
3.
Desestimar por improcedente la solicitud de interpretación de la Sentencia de Excepción
Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Masacre de la Aldea Los Josefinos
Vs. Guatemala presentada por el Estado, en los términos de los párrafos 16 a 19 de la presente
Sentencia de Interpretación.
4.
Aclarar por medio de interpretación la Sentencia de Excepción Preliminar, Fondo,
Reparaciones y Costas emitida en el Caso Masacre de la Aldea Los Josefinos Vs. Guatemala, en
los términos de los párrafos 24 a 27 de la presente Sentencia de Interpretación.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Sentencia de interpretación a
la República de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Masacre de la Aldea Los Josefinos Vs. Guatemala. Interpretación de la Sentencia
de Fondo y Reparaciones. Sentencia de 27 de julio de 2022.
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