10
e.
el tratamiento médico y el estado de salud del señor Cesti Hurtado7;
f.
la condenatoria emitida por el fuero militar contra el señor Cesti
Hurtado8;
g.
el recurso de hábeas corpus incoado por el señor Cesti Hurtado ante la
Sala Especializada de Derecho Público de la Corte Superior de Justicia
de Lima9;
Revisora del Fuero Militar el 30 de junio de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti
Hurtado a la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 18 de septiembre de 1997; copia del
escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo
Supremo de Justicia Militar el 6 de octubre de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti
Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 21 de octubre
de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de
Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 30 de octubre de 1997; copia del escrito dirigido por
Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia
Militar el 5 de noviembre de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal
Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 20 de noviembre de 1997; copia
del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo
Supremo de Justicia Militar el 20 de noviembre de 1997; copia de tres artículos periodístico; copia de la
cédula de notificación de la resolución del Consejo Supremo de Justicia Militar de 20 de mayo de 1997 a
Gustavo Adolfo Cesti Hurtado.
7
Cfr. copias de 11 comprobantes de pago del Hospital Militar Central y copia del cuadro de tarifas de
asistencia hospitalaria [Directiva nro. 01 CP-AYU-2 de abr 90]; copia de la solicitud dirigida por Gustavo
Adolfo Cesti Hurtado al doctor Baltazar Alvarado, Director del Hospital Militar Central el 24 de junio de
1997; copia de un informe psicológico realizado por el doctor Luis Arata Cuzcano el 26 de noviembre de
1997; copia de un informe médico expedido por el doctor César Segura Serveleon el 30 de mayo de 1997;
copia de un informe médico expedido por el doctor César Segura Serveleon el 10 de junio de 1997; copia
de la notificación de la resolución de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar de 20 de
noviembre de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la
Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 4 de diciembre de 1997; copia del escrito dirigido
por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia
Militar el 20 de noviembre de 1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal
Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar el 5 de noviembre de 1997; copia
de la notificación judicial No. 1237 V.I.CSJM.3.S. de 4 de noviembre de 1997; copia del escrito dirigido por
Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor de la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia
Militar el 30 de octubre de 1997; copia de la notificación judicial No. 717 V.I.CSJM.3.S de 18 de junio de
1997; copia del escrito dirigido por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado al Vocal Instructor del fuero Militar el 16
de junio de 1997; copia de un dictamen emitido por el Colegio de Abogados de Lima el 10 de diciembre de
1997, dirigido a Carmen Cardo Guarderas de Cesti.
8
Cfr. copia del oficio No. 186-SG-CSJM, dirigido por el Presidente de la Sala de Guerra del Consejo
Supremo de Justicia Militar al Preboste General del Ejército peruano el 14 de abril de 1997; resolución del
Consejo Supremo de Justicia Militar, constituido en Sala Revisora, de 2 de mayo de 1997; copia de siete
artículos periodístico.
9
Cfr. expediente del recurso de hábeas corpus incoado por el señor Gustavo Adolfo Cesti Hurtado ante la
Sala Especializada de Derecho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual incluye la copia de la
resolución de la Sala Especializada de Derecho Público de Lima de 13 de diciembre de 1996; copia del
escrito de interposición de acción de hábeas corpus, presentado por Gustavo Adolfo Cesti Hurtado a la Sala
Especializada de Derecho Público el 31 de enero de 1997; cédulas de notificación de la resolución No. 1 del
Juzgado Penal de Turno Permanente de 31 de enero de 1997 al Procurador Público del Ministerio de
Defensa; copia de la resolución del Trigésimo Juzgado Penal de Lima de 3 de febrero de 1997; copia del
acta de diligencia de declaración rendida por el Coronel Jorge Molina Huamán, Secretario General del
Consejo Supremo de Justicia Militar de 3 de febrero de 1997; copia del escrito de apersonamiento suscrito
por Gregorio Huerta Tito, Procurador Público Adjunto del Ejército peruano de 4 de enero de 1997; copia del
escrito de apersonamiento suscrito por Mario Cavagnaro Basile, Procurador Público a cargo de los asuntos
judiciales del Ministerio del Interior de 3 de febrero de 1997; copia de la resolución de la Sala Especializada
de Derecho Público de 12 de febrero de 1997 en el expediente 335-97; cédulas de notificación de la