- 11 2.
Víctor Alberto Corante Morales, magistrado del Órgano de Control de la Magistratura
(OCMA), quien declarará sobre el rol disciplinario que ejerce dicho órgano, el alcance
de los procedimientos seguidos ante dicha entidad y su evolución en el tiempo, los
criterios y causales aplicables para imponer sanciones a magistrados y las garantías
del debido proceso que se reconocen en el marco de dichos procedimientos.
2.
Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le
otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas, propuestas por
los representantes y el Estado, presten su declaración ante fedatario público:
A. Presunta víctima
1.
Mariela Cajahuanca Melgarejo, quien declarará sobre los impactos en su familia de
la privación de la libertad del señor Cajahuanca Vásquez, sobre la forma como el
estrés post-encierro de su padre agudizo problemas familiares ya existentes, y
sobre los impactos de esta situación en su vida.
B. Testigos
Propuestos por los representantes
2.
Luis Antonio Galindo Cárdenas, quien se referirá a las declaraciones del entonces
Presidente de la República del Perú sobre el señor Cajahuanca Vásquez, en
particular, sobre cómo tuvo conocimiento de las alegadas acusaciones y posterior
rectificación que habría hecho el alto funcionario. También sobre las alegadas
presiones que habría recibido estando privado de la libertad para declarar en contra
del señor Cajahuanca Vásquez.
3.
Guido Tupayachi Bohórquez, quien declarará sobre lo ocurrido en la sesión de Sala
Plena convocada a raíz de la solicitud de licencia solicitada por el entonces Juez
Jacinto Oriol San Martín el día 25 de junio de 1995, en la que se concedió la licencia
y se encargó del juzgado al señor Héctor Fidel Cordero Bernal.
4.
David Alcides Cueva Caballero, quien declarará sobre la no intervención del señor
Cajahuanca Vásquez en el proceso mediante el cual el entonces juez Héctor Fidel
Cordero Bernal otorgó la libertad incondicional a dos ciudadanos acusados de
narcotráfico.
Propuestos por el Estado
5.
Inés Felipa Villa Bonilla, Jueza Suprema, quien declarará sobre el contenido de su
Informe No. 116 de 21 de julio de 1995, referido a los hechos, pruebas y criterios
adoptados para concluir que al señor Cajahuanca Vásquez le correspondía la sanción
de destitución.
6.
Marielka Nepo Linares, Directora de Procedimientos Disciplinarios de la Junta
Nacional de Justicia, quien declarará sobre el rol disciplinario que ejerció el ex
Consejo Nacional de la Magistratura, el alcance del proceso disciplinario seguido
ante dicha entidad y su evolución en el tiempo, los criterios y causales aplicables
para imponer la sanción de destitución a magistrados y las garantías del debido
proceso que se reconocen en el marco de dicho procedimiento.
C. Peritos