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victima) fue empleado originalmente en relación con la persona que era sacrificada (en
rituales) o destinada a ser sacrificada. A partir del siglo XVII, adquirió el sentido de la persona
que era lesionada, torturada o asesinada por otra. En el siglo XVIII, el término pasó a designar
la persona lesionada u oprimida por otra, o por alguno poder o situación. El término "victimar"
vino a ser usado en el siglo XIX (1830 en adelante)37. En el siglo XX, la nueva disciplina
victimología vino a centrar su atención en la persona de la víctima38, - en contraposición a la
criminología, que se centraba más bien en la persona del delincuente o criminal.
36.
A veces uno se refiere a la víctima como la "parte lesionada", bajo ciertos tratados de
derechos humanos de la actualidad; la víctima es la persona humana que ha sufrido una lesión
o perjuicio, individualmente o en compañía de otros seres humanos, en consecuencia de un
acto - u omisión - internacionalmente ilícito39. En perspectiva histórica, el concepto de víctima
es uno de los "más antiguos de la humanidad", perteneciendo en realidad a "todas las
culturas"40. Como el Estado gradualmente monopolizó los medios de coerción, el papel de las
víctimas se vio de cierto modo reducido (v.g., al de un testigo) o marginado en el proceso legal
oponiendo el Estado al acusado (en el derecho procesal penal), frecuentemente con la
insatisfacción de la víctima41.
37.
En realidad, mientras el universo conceptual de la criminología se tornó orientado hacia
la figura del delincuente, situando a la víctima en una posición un tanto tangencial o marginal,
la disciplina emergente de la victimología ha intentado remediar aquel desequilibrio, centrando
la atención en la persona de la víctima, en la necesidad de rehabilitar a esta última y
asegurarle reparaciones debidas y adecuadas42. Fue, sin embargo, la notable evolución del
Derecho Internacional de los Derechos Humanos a lo largo de la segunda mitad del siglo XX y
hasta el presente, que proporcionó la realización de aquella meta, por configurarse entera y
debidamente orientado hacia las víctimas43. El advenimiento y la consolidación del corpus juris
del Derecho Internacional de los Derechos Humanos restituyó a las víctimas su posición central
en el orden normativo44.
. Cf. The Oxford English Dictionary, 2a. ed., tomo XIX, Oxford, Clarendon Press, 1989, p. 607;
Asociación H. Capitant, Vocabulario Jurídico (dir. G. Cornu), Bogotá, Temis, 1995, p. 904; G. Gómez de
Silva, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, México, El Colegio de México/FCE, 1996
[reimpr.], p. 719.
37
.
Cf. E. Neuman, Victimología - El Rol de la Víctima en los Delitos Convencionales y No
Convencionales, Buenos Aires, Edit. Universidad, 1994, pp. 27-28.
38
.
Cf. Union Académique Internationale, Dictionnaire de la terminologie du Droit international, Paris,
Sirey, 1960, pp. 448-449; J. Salmon (dir.), Dictionnaire de Droit international public, Bruxelles, Bruylant,
2001, p. 1131.
39
.
A.-J. Arnaud et alii (dir.), Dictionnaire encyclopédique de théorie et de sociologie du Droit, 2a.
ed., Paris, LGDJ, 1993, p. 641 (verbete de E. Viano).
40
41
.
Ibid., pp. 642-643 (verbete de E.V.).
.
Cf., v.g., G. Landrove Díaz, Victimología, Valencia, Tirant Lo Blanch, 1990, pp. 22-26, 139-140 y
150; L. Rodríguez Manzanera, Victimología - Estudio de la Víctima, 8a. ed., México, Edit. Porrúa, 2003,
pp. 25 y 67.
42
.
Cf. A.A. Cançado Trindade, Tratado de Direito Internacional dos Direitos Humanos, vol. III, Porto
Alegre/Brazil, S.A. Fabris Ed., 2003, pp. 447-497.
43
.
Además, la víctima ha recuperado espacio, más recientemente, también en el dominio del
derecho penal contemporáneo, - tanto interno como internacional, - como indicado, v.g., por la adopción
44
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