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en ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones y
de conformidad con el artículo 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, los artículos 25.1 del Estatuto y 29.2 de su Reglamento,
DECLARA:
1.
Que el Estado ha dado cumplimiento al pago de la indemnización ordenada
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Richard Blake, Mary
Blake, Richard Blake Jr. y Samuel Blake, todos familiares de la víctima, de
conformidad con lo señalado en el Considerando sexto de la presente Resolución.
2.
Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento del
punto pendiente de acatamiento en el presente caso, en relación con las medidas
que sean necesarias para cumplir la obligación de investigar, juzgar y sancionar a
todos los responsables de las violaciones a los derechos humanos, de conformidad
con lo señalado en el considerando séptimo de la presente sentencia.
Y RESUELVE:
3.
Exhortar al Estado a que adopte todas las medidas que sean necesarias para
dar efecto y pronto cumplimiento a las reparaciones ordenadas en las sentencias de
24 de enero de 1998 y 22 de enero de 1999 y que se encuentran pendientes de
cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos.
4.
Requerir al Estado que presente, a más tardar el 1 de abril de 2004, un
informe detallado en el cual indique todas las medidas adoptadas para cumplir con
la parte de lo ordenado por esta Corte que se encuentra pendiente, tal como se
señala en el considerando séptimo de la presente Resolución.
5.
Requerir a los representantes de los familiares de la víctima y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que presenten sus observaciones al informe
del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior en el plazo de dos meses,
contados a partir de su recepción.
6.
Continuar supervisando el cumplimiento de la sentencias de fondo y
reparaciones de 24 de enero de 1998 y de 22 de enero de 1999, respectivamente.
7.
Notificar la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos y a los representantes de los familiares de la víctima.
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Sergio García Ramírez
Oliver Jackman
Máximo Pacheco Gómez
Alirio Abreu Burelli
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