18.
El Estado no es responsable por la violación de los artículos 7.6 ni 25 de la Convención, en
los términos del párrafo 212 de esta Sentencia.
Y DISPONE:
19.
Esta Sentencia constituye por sí misma una forma de reparación.
20.
El Estado adoptará en el plazo de seis meses a partir de la notificación de la presente
Sentencia, todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole necesarias para
dejar sin efecto las sentencias de condena que fueron emitidas en los procesos penal ordinario,
penal militar y el procedimiento disciplinario en todos sus extremos, así como para suprimir los
antecedentes judiciales o disciplinarios, penales o militares, que existan en su contra a raíz de
dichos procesos, en los términos de los párrafos 223 al 227 de esta Sentencia.
21.
El Estado realizara en un plazo de seis meses a partir de la notificación de la presente
Sentencia, las publicaciones indicadas en el párrafo 231 de esta Sentencia, en los términos
dispuestos en el mismo.
22.
El Estado pagará en los plazos establecidos, las cantidades fijadas en los párrafos 241 al
243, 247 al 249, 252 y 253 de la presente Sentencia por concepto de indemnizaciones
compensatorias, así como por el reintegro de costas y gastos, en los términos de los referidos
párrafos del presente Fallo.
23.
El Estado reintegrará al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos la cantidad erogada durante la tramitación del presente caso, en los
términos de lo establecido en el párrafo 259 de esta Sentencia.
24.
El Estado rendirá al Tribunal un informe, dentro del plazo de un año contado a partir de la
notificación de esta Sentencia, sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma.
25.
La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia, en ejercicio de sus
atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, y dará́ por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal
cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
Redactada en San José, República de Costa Rica, el 14 de octubre de 2019.
60