7 auspicio de la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal, en coordinación con el Programa de Apoyo a la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal y con financiamiento del Poder Judicial estableció un taller de capacitación continua en materia de derechos humanos y acceso a la justicia, relativo al cumplimiento de la Sentencia en el caso Servellón García y otros vs Honduras, impartido por un consultor internacional (supra Visto 3). 23. Que los representantes destacaron que se ha cumplido debidamente con lo ordenado por la Corte, respecto de este punto resolutivo (supra Visto 4). 24. Que en sus observaciones la Comisión valoró las acciones llevadas a cabo por el Estado para el cumplimiento de esta obligación (supra Visto 5). 25. Que con base en lo anterior, la Corte estima que el Estado ha cumplido con el punto resolutivo décimo segundo (supra Visto 1). * * * 26. Que en relación con el punto resolutivo décimo tercero, relativo a realizar una campaña con la finalidad de sensibilizar a la sociedad hondureña respecto de la importancia de la protección a los niños y jóvenes e informarla sobre los deberes de protección que corresponden a la familia, a la sociedad y al Estado, éste señaló que se está trabajando en el diseño de la misma y se pretende contar con la participación de representantes de Casa Alianza y de otras instituciones del Estado tanto para el diseño como para su ejecución. La campaña será coordinada por la Secretaría del Estado (supra Visto 3). 27. Que los representantes expresaron que la realización de esta campaña en un plazo razonable es necesaria y urgente, ya que después de la emisión de la Sentencia se han registrado un alto número de ejecución de jóvenes. En este sentido la campaña tendría como objeto sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de la protección de los derechos de los niños y los jóvenes (supra Visto 4). 28. Que la Comisión manifestó que quedaba a la espera del cumplimiento de la puesta en marcha de la campaña, con la finalidad de sensibilizar a la sociedad hondureña respecto de la importancia de la protección a los niños y jóvenes, informarla sobre los deberes específicos para su protección que corresponden a la familia, a la sociedad y al Estado y hacer ver a la población que los niños y jóvenes en situación de riesgo social no están identificados con la delincuencia, tal como fuera ordenado por la Corte (supra Visto 5). 29. Que debido a lo señalado por las partes, este Tribunal considera indispensable que el Estado en su próximo informe rinda información actualizada sobre los avances en el diseño e implementación de una campaña con la finalidad de sensibilizar a la sociedad hondureña respecto de la importancia de la protección a los niños y jóvenes, informarla sobre los deberes específicos para su protección que corresponden a la familia, a la sociedad y al Estado y hacer ver a la población que los niños y jóvenes en situación de riesgo social no están identificados con la delincuencia (supra Visto 1). Una vez recibida dicha información y las observaciones de las partes al respecto, este Tribunal evaluará el estado de cumplimiento del referido punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia. * * *

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