27 personas en dicho período64. 79. En la época del conflicto armado interno, la desaparición forzada de personas en Guatemala también constituyó una práctica del Estado llevada a cabo principalmente por agentes de sus fuerzas de seguridad65. La finalidad de esta práctica era la desarticulación de los movimientos u organizaciones que el Estado identificaba como proclives a la “insurgencia” y extender el terror en la población66. Igualmente, la CEH concluyó que “la violación sexual fue una práctica generalizada y sistemática realizada por agentes del Estado en el marco de la estrategia contrainsurgente”, en la que el porcentaje de víctimas mujeres alcanza el 99% de los casos registrados, y fue empleada como un arma de guerra. Los casos de violaciones sexuales individuales o selectivas, se dieron en el contexto de la detención de las víctimas y muchas veces fueron seguidas de su muerte o desaparición67. A su vez, durante y de modo previo a las mencionadas masacres u “operaciones de tierra arrasada”, miembros de las fuerzas de seguridad del Estado perpetraron violaciones sexuales masivas o indiscriminadas y públicas, acompañadas en ocasiones de la muerte de mujeres embarazadas y de la inducción de abortos. Esta práctica estaba dirigida a destruir la dignidad de la mujer a nivel cultural, social, familiar e individual68. Por otra parte, durante esta época existió un patr��n de separación de niñas y niños de sus familias con posterioridad a las masacres, y de sustracción y retención ilegal de los mismos, todo ello perpetrado por las fuerzas militares y grupos armados ilegales. Dicha práctica implicó, en muchos casos, que se les cambiara el nombre y se les negara su identidad69. La separación de niñas y niños de sus familias condujo, en algunos casos, a la adopción ilegal o a la venta de aquellos, a quienes también se negó el derecho a conocer su cultura70. En otros casos, las niñas y niños fueron sometidos a condiciones de servidumbre por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado 71. 80. Todos estos hechos tuvieron y todavía tienen importantes efectos culturales en los pueblos mayas. Las violaciones de derechos humanos sucedidas durante el conflicto armado interno en Guatemala también significó la pérdida de los valores y prácticas culturales y religiosas de los pueblos mayas, así como de sus instituciones sociales, económicas y políticas72. Particularmente, las desapariciones forzadas, el uso de la tortura y las ejecuciones arbitrarias73, entre otros, afectaron las estructuras de autoridad y liderazgo indígena, destruyendo el tejido y las relaciones sociales tradicionales al interior de las comunidades 74. Especial relevancia tuvo la violencia ejercida en contra de los ancianos, como autoridades ancestrales y “columna vertebral de la cultura de los pueblos mayas”, quienes fueron de los primeros blancos de la persecución75. Al respecto, la CEH indicó que con la desaparición de las personas “se perdió también el conocimiento técnico-moderno y tradicional-acumulado a lo largo de años, así como la posibilidad de transmitirlo con naturalidad a las nuevas 64 Cfr. Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala, párr. 123, e Informe de la CEH “Guatemala, Memoria del Silencio”, Capítulo Cuarto, párr. 66. 65 Cfr. Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala. Fondo. Sentencia de 25 de noviembre de 2000. Serie C No. 70, párr. 132, y Caso García y Familiares Vs. Guatemala, párr. 54. 66 Cfr. Caso Molina Theissen Vs. Guatemala. Fondo, párr. 40.1, y Caso García y Familiares Vs. Guatemala, párr. 120. 67 Cfr. Informe de la CEH “Guatemala, Memoria del Silencio”, Capítulo Segundo, párrs. 2351, 2352, 2376 y 2464. 68 Cfr. Caso de la Masacre Plan de Sánchez. Reparaciones y Costas. Sentencia de 19 de noviembre 2004. Serie C No. 116, párr. 49.19, y Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 60. 69 Cfr. Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala, párrs. 177, 178, 170 y 199, y Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 60. 70 Cfr. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 60. 71 Cfr. Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala, párr. 171, y Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 60. 72 Cfr. Caso de la Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Fondo, párr. 42.7, y Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 61. 73 Cfr. Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala, párrs. 66 a 67, y 69, y Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 61. 74 Cfr. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 61. 75 Cfr. Caso Masacres de Río Negro Vs. Guatemala, párr. 61, y nota al pie 57.

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