sub-líneas: a) el abordaje de situaciones de vulneración de derechos y reconversión de
Asignación Universal por Hijo (AUH); b) el acompañamiento a organismos gubernamentales,
no gubernamentales y organizaciones sociales y comunitarias y c) el dispositivo de base
comunitaria que integra el Plan Nacional de Embarazo No Intencional en la Adolescencia 251”.
198. Por otra parte, informó la existencia de: a) la labor articulada entre la Dirección
Nacional de Sistemas de Protección de la SENAF, el “Programa PATROCINAR” del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y del “Equipo de Protección de Derechos de
UNICEF-Argentina” 252; b) el “Programa de Protección de Derechos” de la Dirección Nacional
de Promoción y Protección Integral 253; c) el “Programa de Promoción de Derechos” 254; d) el
“Programa Nacional de Educación Sexual Integral (PNESI)” 255; e) el “Programa PatrocinAR,
dependiente de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de
la Nación” 256; f) “líneas de comunicación y denuncia”; g) el “Plan Nacional de Capacitación
251
En concreto, señaló “que esta política pública reconoce el impacto que el embarazo no intencional tiene
en la vida de las/os adolescentes, así como el derecho de ellas y ellos a tener una vida sexual libre y plena sin
discriminaciones de género, a tomar decisiones informadas en virtud de su autonomía progresiva, y a crecer
y desarrollarse en entornos libres de violencia, en el marco de un clima cultural propicio que facilite el ejercicio
de esos derechos”. Además, que “el Plan aborda el embarazo en la adolescencia desde un enfoque de derechos,
género y equidad social, sobre el que se implementan las intervenciones, orientadas a reforzar la autonomía
de las mujeres y adolescentes y la toma de decisiones libres e informadas respecto a su salud reproductiva, y
a su autonomía económica, entre otras”. Asimismo, enumeró las “líneas de acción estratégica del plan”: a)
acceso efectivo a métodos anticonceptivos; b) acceso a la interrupción del embarazo; c) prevención del
embarazo no intencional en niñas, niños y adolescentes; d) detección temprana y prevención de abusos
sexuales hacia niñas, niños y adolescentes y de embarazos forzados, y e) promoción de derechos sexuales y
reproductivos de personas con discapacidad. Agregó que “el Plan trabaja organizado en los siguientes
dispositivos de intervención”: a) mesas intersectoriales provinciales; b) fortalecimiento de la educación sexual
integral; c) asesorías en salud integral en escuelas secundarias; d) dispositivo de base comunitaria que
“acompaña adolescentes en espacios comunitarios y les acerca a las prestaciones fortalecidas por el Plan en
los servicios de salud; e) fortalecimiento de la oferta en salud sexual y reproductiva, y f) el Programa de salud
sexual en la adolescencia para “garantizar el acceso a la salud integral oportuno y sostenido de las/os
adolescentes reduciendo su morbimortalidad”.
252
Explicó que se realiza “a través de las Mesas Territoriales para el Abordaje del Abuso Sexual contra las
Infancias (ASI) y el Embarazo Forzado (EF)”. Añadió que el objetivo de las Mesas Territoriales “es la
construcción de estrategias de intervención y comunicación interinstitucional en los diferentes niveles de
gobierno a fines de fortalecer el sistema de protección local en materia de abuso sexual integral y embarazo
forzado”. Describió que “sus principales acciones y prestaciones son la implementación de instancias de
sensibilización y capacitación a aquellos equipos técnicos a fin de favorecer los mejores procesos de
intervención integral”.
253
Informó que cuenta con varios ejes de acción: a) la protección de derechos; b) la promoción del derecho
a la convivencia familiar; c) protección especial y acompañamiento en el egreso con perspectiva autónoma;
d) la prevención de todas las formas de violencia, abuso y maltrato infantil; e) promoción de buenas prácticas
inclusivas y con perspectiva de derechos y diversidad.
254
Detalló que sus ejes de acción son: a) la promoción de la autonomía progresiva en la adolescencia,
como estrategia de promoción integral de derechos, propiciar la participación y fortalecer la autonomía de
adolescentes, entendiéndose ésta como la capacidad que tienen de tomar decisiones y asumir
responsabilidades, sin estar condicionados por su edad; b) la erradicación del trabajo infantil y prevención del
trabajo adolescente, y c) la promoción de derechos y la prevención socio comunitaria.
255
Indicó que se estableció “con el propósito de coordinar el diseño, la implementación, el monitoreo y la
evaluación de las acciones de Educación Sexual Integral (“ESI”) en todas las jurisdicciones del país”.
256
Explicó que está “referido exclusivamente al acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes que
fueron víctimas de abuso sexual”, que “creó un patrocinio jurídico gratuito y acompañamiento
interdisciplinario”.
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