13
47.
En relación con el tipo de decisiones que puede tomar el Consejo, el artículo 68 dispone
que “las resoluciones del Consejo de Carrera Judicial que sean consecuencia de un reclamo contra un
despido, podrán consistir en la confirmación del despido o en el reintegro al servicio del funcionario o
empleado judicial afectado, ya sea a su mismo cargo, o a otro de igual categoría, con derecho a percibir
los sueldos devengados desde el retiro del puesto”. El artículo 69 establece que “el servidor judicial que
fuere removido de su cargo sin causa justificada, tendrá derecho a que se le reintegre a su puesto, según
lo dispuesto en el artículo anterior, o a percibir una indemnización equivalente a un mes de sueldo por
cada año de servicio hasta un máximo de seis años, cuando su reintegro no fuere posible o conveniente,
de conformidad con el fallo del Consejo de la Carrera Judicial”.
48.
Según el artículo 31 del Reglamento Interno del Consejo de la Carrera Judicial contra la
decisión del Consejo “no cabrá recurso alguno, ordinario ni extraordinario”44.
49.
Por su parte, la Constitución reconoce “a toda persona agraviada” el derecho a
interponer el recurso de amparo a fin de tutelar sus derechos constitucionales45. Según la ley, la persona
agraviada debería presentar la acción de amparo dentro del plazo de dos meses de la fecha de
notificación del acto impugnado, pero la acción también “podrá interponerse aún cuando el hecho o
acto violatorio de los derechos no conste por escrito”46.
D.
Los procedimientos contra las presuntas víctimas
1.
Adán Guillermo López Lone
50.
El juez Adán Guillermo López Lone se desempeñaba al momento de los hechos como
Juez de Sentencia del Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula y Presidente de la Junta Directiva de la
Asociación Jueces por la Democracia47. En el momento de los hechos tenía cerca de 8 años trabajando
en el Poder Judicial y no había sido sancionado disciplinariamente48.
51.
El domingo 5 de julio de 2009, el magistrado López participó en una manifestación
masiva en las cercanías del aeropuerto de Toncontín, la cual terminó en una confrontación violenta
44
Reglamento Interno del Consejo de la Carrera Judicial, Publicado en el Diario Oficial la Gaceta No. 25,657 de 17 de
octubre
de
1988.
Artículo
31.
Disponible
en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/regulacion/Documents/Reglamento%20Interno%20del%20Consejo%20de%20l
a%20Carrera%20Judicial.pdf
45
Constitución Política de la República de Honduras de 1982 (con reformas hasta el 20 de enero de 2006). Artículo
183; Ley sobre Justicia Constitucional, Decreto No. 244 de 2004, La Gaceta No. 30792 de 30 de agosto de 2004. Artículos 41-42.
Disponible
en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/regulacion/Documents/Ley%20Sobre%20Justicia%20Constitucional.pdf
46
Ley sobre Justicia Constitucional, Decreto No. 244 de 2004, La Gaceta No. 30792 de 30 de agosto de 2004. Artículos
43 y 48. Disponible en: http://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_hnd_justicia.pdf
47
Anexo 13. Poder Judicial. República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Expediente No. 1912009. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Audiencia de Descargo #172-2009, 3 de diciembre de 2009. Folios 67-75. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
48
Anexo 13. Poder Judicial. República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Expediente No. 1912009. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Audiencia de Descargo #172-2009, 3 de diciembre de 2009. Anexo a la comunicación de los
peticionarios de 20 de enero de 2011.