26
2010. En ese sentido, el Consejo dispuso una indemnización consistente en el pago de un mes de sueldo
por cada año de servicio prestado en el Poder Judicial y la suma correspondiente a un mes de sueldo por
concepto de “preaviso” y demás indemnizaciones conforma a la ley que correspondan128.
79.
La información disponible indica que el pago fue realizado. Sobre este punto el señor
Chévez indicó que constituye un adelanto de la reparación que le corresponde y que no implica una
aceptación de la decisión del Consejo de la Carrera judicial”129.
3.
Tirza del Carmen Flores Lanza
80.
La magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza se desempeñó como Magistrada
Propietaria de la Corte de Apelaciones Seccional de San Pedro Sula, departamento de Cortés130. Ingresó
al Poder Judicial desde el 11 de junio de 2002131 y era afiliada de la AJD132.
81.
El 30 de junio de 2009 la magistrada interpuso, en calidad de ciudadana, una acción de
amparo ante la CSJ en la cual alegó “el ingreso ilegal al domicilio del señor José Manuel Zelaya Rosales,
su captura y su expatriación a la ciudad de San José de Costa Rica” el día 28 de junio. La acción identificó
al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas como a la autoridad responsable y solicitó
“como medida cautelar urgente la inmediata repatriación del ciudadano Presidente”133. Mediante una
resolución de la misma fecha, la Sala Constitucional de la CSJ acumuló la acción con acciones similares
interpuestas por otras seis personas y las admitió de mérito. En dicha resolución, la Corte Suprema
ordenó al Jefe del Estado Mayor Conjunto rendir un informe dentro del plazo de cinco días134.
82.
Adicionalmente, el 30 de junio de 2009 la señora Tirza Flores y otras personas
presentaron una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República, mediante la cual acusaron a
cuatro miembros del Consejo Superior de las Fuerzas Armadas de Honduras y varios diputados del
128
Anexo 20. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Expediente No. 3078. Resolución del Consejo de la Carrera Judicial,
24 de agosto de 2011. Folios 341- 352. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de junio de 2012 recibido el 2 de julio de
2012.
129
Anexo 21. Carta del señor Luis Alonso Chévez de la Rocha. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 30 de
noviembre de 2011.
130
Anexo 22. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Expediente 3076. Dirección de Administración de Personal. Audiencia
de descargo 04-2010, Folios 163- 146. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de junio de 2012.
131
Anexo 22. CSJ. Consejo de la Carrera Judicial. Expediente 3076. Recurso de apelación.Folios 1-12. Anexo a la
comunicación del Estado de 25 de junio de 2012 recibido el 2 de julio de 2012.
132
Ver en este sentido, Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal.
Exp. No. 222-223-2009. Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Dirección de Administración de Personal. Carrera Judicial, Audiencia de
descargo #04-2010, Tirza Flores Lanza, 7 de enero de 2010. Folios 95 y ss. Anexo 13. Poder Judicial. República de Honduras.
Dirección de Administración de Personal. Expediente No. 191-2009. Denuncia 268-IGJT-PJ-2006. Dirección de Administración de
Personal. Carrera Judicial, Audiencia de Descargo #172-2009, Guillermo López Lone, 3 de diciembre de 2009. Anexos a la
comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.
133
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Folios 15-17. Acción de Amparo SCO-896-2009. 30 de junio de 2009. Anexo a la comunicación de
los peticionarios de 20 de enero de 2011.
134
Anexo 23. Poder Judicial República de Honduras. Dirección de Administración de Personal. Exp. No. 222-223-2009.
Denuncia. 267-OGJT-PJ-2009. Resolución de la Sala Constitucional de la CSJ. 30 de junio de 2009. Amparos Acumulados Nos.
896, 897, 898, 899, 900, 901 y 902 de 2009. Folio 41. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 20 de enero de 2011.