en la que se encuentran los hechos del caso, incluyendo las acciones u omisiones de autoridades que hubieren
obstaculizado la realización de diligencias de investigación.
5. Adoptar las medidas de no repetición necesarias para evitar que en el futuro se produzcan
hechos similares. Las medidas de no repetición en el presente caso deberán incluir medidas legislativas,
administrativas o de otra índole para que las investigaciones sobre desaparición forzada de personas en
Ecuador cumplan con los estándares descritos en el presente informe.
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