19 de mayo de 2020
REF.:
Caso Nº 12.944
Baptiste Willer y familiares
Haití
Señor Secretario:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el caso
No. 12.944 – Baptiste Willer y familiares, de la República de Haití (en adelante “el Estado”, “el Estado haitiano”
o “Haití”) relacionado con la responsabilidad internacional del Estado por la falta de protección a los derechos
del señor Baptiste Willer y su familia frente a las múltiples amenazas e intentos de homicidio de los cuales
fueron objeto entre los años 2007 y 2009, la falta de debida diligencia en la investigación, y la impunidad en
que se encuentran la muerte de su hermano Frédo Guirant (o Guirand), de 16 años de edad, así como las
amenazas y atentados antes referidos.
Los hechos del presente caso ocurrieron en el contexto de continuas amenazas y hostigamientos a
Baptiste Willer y su familia por parte de miembros de una pandilla, quienes, pese a ser conocidos delincuentes,
actuaban con impunidad. El 4 de febrero de 2007, Frédo Guirant (o Guirand) fue asesinado por los mismos
sujetos que habían atentado contra la vida de su hermano Baptiste Willer unas horas antes. El señor Willer
alertó a las autoridades que su vida y la de su familia corrían peligro y solicitó ayuda judicial mediante una carta
dirigida a diversas autoridades, aportando información sobre la identidad de los sospechosos y el tipo de
amenazas y hostigamientos de los que era víctima. También les informó que, temiendo por su seguridad y la de
su familia, se había visto forzado a abandonar su residencia habitual. Luego de haber informado a las
autoridades de lo ocurrido, y sin recibir ningún tipo de protección, asistencia o respuesta por parte del Estado,
Baptiste Willer, su esposa e hijos menores de edad, continuaron en una situación de desplazamiento,
experimentando una permanente sensación de inseguridad y fueron víctimas de continuas amenazas
telefónicas y en persona, así como de atentados.
En su Informe de Fondo la Comisión concluyó que el Estado incumplió con su deber de proteger los
derechos a la vida e integridad personal de Baptiste Willer y su familia, dado que el Estado no adoptó las
medidas para proteger los derechos de las víctimas, a pesar de que estaba en conocimiento de la situación de
riesgo y que los hechos revestían especial seriedad. Asimismo, la Comisión estableció que, en vista de que los
tres hijos del señor Willer eran menores de edad a la fecha de los hechos, existía un deber especial para el
Estado de salvaguardar sus derechos. Por otra parte, teniendo en cuenta que la falta de medidas de protección
por parte del Estado produjo el desplazamiento forzado de las víctimas, la Comisión también concluyó que el
Estado violó el derecho a su libre circulación y residencia. Por último, la Comisión determinó que el Estado
incumplió con el deber de investigar de manera diligente y en un plazo razonable el asesinato de Frédo Guirant
(o Guirand), el atentado sufrido por Baptiste Willer, y las amenazas y hostigamientos que sufrieron éste último
y su núcleo familiar. En vista de lo anterior, la Comisión concluyó que el Estado de Haití violó los derechos
consagrados en los artículos 4.1, 5.1, 8.1, 19, 22.1 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con su artículo
1.1.
Señor
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José, Costa Rica