p) Adoptará las medidas estructurales necesarias para garantizar el acceso a la justicia
en la región de La Moskitia, de conformidad con lo establecido en los párrafos 148 y
149 de la presente Sentencia.
q) Fortalecerá el sistema educativo en la zona de La Moskitia, de conformidad con lo
establecido en el párrafo 150 de la presente Sentencia.
r) Adoptará las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad de todas las
instituciones públicas en la Moskitia para personas con discapacidad, de conformidad
con lo establecido en el párrafo 151 de la presente Sentencia.
7.
El Estado, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de esta
Sentencia, rendirá al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la
misma.
8.
La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia, en ejercicio de sus
atribuciones y en cumplimiento de sus deberes conforme a la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado
cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
Los jueces L. Patricio Pazmiño Freire, Eduardo Vio Grossi, y Humberto Antonio Sierra Porto
dieron a conocer sus votos individuales concurrentes.
Redactada en español en San José, Costa Rica, el 31 de agosto de 2021.
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