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declaraciones de los testigos y los peritos, podrán presentar ante el Tribunal sus
alegatos finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo,
reparaciones y costas en el presente caso.
10.
Requerir a la Secretaría que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
43.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a
los representantes de las presuntas víctimas y al Estado de Brasil una copia de la
grabación de la audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales
fondo, reparaciones y costas en el presente caso, al término de dicha audiencia o
dentro de los 15 días siguientes a su celebración.
11.
Informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los
representantes de las presuntas víctimas y al Estado de Brasil que cuentan con un
plazo hasta el 25 de febrero de 2009 para presentar sus alegatos finales escritos en
relación con las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas
en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la remisión de la copia
de la grabación de la audiencia pública.
12.
Requerir a la Secretaría del Tribunal que notifique la presente Resolución a la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las
presuntas víctimas y al Estado de Brasil.
Cecilia Medina Quiroga
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Cecilia Medina Quiroga
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario