- 40 - excusa en vista que la Presidenta y la Asesora Jurídica de la Asociación Los Niños, “han dañado el honor de la titular de es[e] Juzgado”197. El 7 de julio de 1998 el caso fue asignado a la jueza a cargo del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Menores198. Sin embargo, el 8 de julio dicha jueza también presentó una excusa en vista que en mayo de ese mismo año había denunciado ante la Corte Suprema de Justicia a la Asesora Jurídica de la Asociación Los Niños, porque ésta la habría amenazado a ella y al Oficial Primero del juzgado199. El 3 de agosto de 1998 el caso fue asignado al Juzgado de Primera Instancia de Menores de Mixco200. El 10 de septiembre de 1998 este juez también se excusó por una controversia con la Asesora Jurídica de la Asociación Los Niños201. El 1 de octubre de 1998 el expediente fue remitido al Juzgado de Primera Instancia de Menores de Escuintla202. Dicho juzgado ordenó que las actuaciones fueran archivadas el 11 de diciembre de 1998, “debido al estado que guardan los autos y estando firme el auto declaratorio de abandono”203. C.3 Procedimientos de adopción de los hermanos Ramírez 112. Los procedimientos de adopción de los niños Ramírez fueron iniciados en abril de 1998, a través del procedimiento extrajudicial o notarial de adopción, cuyo trámite fue descrito anteriormente204 (supra párrs. 75 a 78). 113. J.R. y Osmín Tobar Ramírez fueron adoptados por dos familias estadounidenses distintas. J.R. fue adoptado por la familia B. de Illinois, quienes al mismo tiempo adoptaron a una niña205. 197 De acuerdo a la jueza, la Presidenta de la Asociación Los Niños y la Asesora Jurídica dañaron su honor “al haber presentado la primera ante la Supervisión General de Tribunales, una queja totalmente infundada que contiene frases injuriosas e irrespetuosas [… y la segunda por haber publicado en la prensa dos notas] cuyo contenido es ofensivo y mediante las cuales se duda de la imparcialidad de la Juzgadora”, en relación a otro caso relativo al proceso de una niña declarada en estado de abandono. Cfr. Resolución del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Menores de 17 junio de 1998 (expediente de prueba, folios 4197 y 4198), y cartas dirigidas al Supervisor General de Tribunales de 26 y 27 de mayo de 1998 y notas de prensa relacionadas (expediente de prueba, folios 4189 a 4196). 198 Cfr. Auto de la Magistratura Coordinadora de la Jurisdicción de Menores de 7 de julio de 1998 (expediente de prueba, folios 4184 y 4185). 199 Cfr. Resolución del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Menores de 8 julio de 1998 (expediente de prueba, folios 4180 y 4181). En la denuncia y en el acta que la acompaña, se indica que el 15 de mayo de 1998 la asesora de la Asociación Los Niños “se exaltó de manera sumamente violenta al grado de haber amenazado al Oficial Primero y a [la Jueza]”, insistiendo en que “se accediera a sus peticiones de manera inmediata”. Además, se dejó constancia que la asesora de la Asociación Los Niños se quejó por el ritmo de trabajo del juzgado y “argument[ó] que la institución que representa ya no tiene el dinero necesario para el sostenimiento de los niños internos, a lo que se le sugiere que se trasladarán a otro hogar, pero rechaza la sugerencia. También exigió que se le dijera que si en este Juzgado no se van a dictar ‘abandonos’” (expediente de prueba, folios 4171 a 4179). 200 Cfr. Auto de la Magistratura Coordinadora de la Jurisdicción de Menores de 3 de agosto de 1998 (expediente de prueba, folios 4160 y 4161). 201 Cfr. Resolución del Juzgado de Primera Instancia de Menores de Mixco de 10 de septiembre de 1998 (expediente de prueba, folios 4146 y 4147). En la excusa del juez y el acta que la acompaña consta que la asesora de la Asociación Los Niños se molestó “exaltó, alzó la voz y trató al infrascrito de negligente e intransigente”, le preguntó “si existía una orden para no dictar abandonos y cuál era la política de es[e] Tribunal, porque ella no se explicaba como en tanto tiempo no [se] habían dictado abandonos, así como que entendiera[n] los Jueces, que la única manera de sostener los hogares era a través de las adopciones” (expediente de prueba, folios 4147, 4150 y 4151). 202 Cfr. Auto de la Magistratura Coordinadora de la Jurisdicción de Menores de 1 de octubre de 1998 (expediente de prueba, folio 4139). 203 Resolución del Juzgado de Primera Instancia de Menores de Escuintla de 11 de diciembre de 1998 (expediente de prueba, folio 4129). 204 Cfr. Informe de la Presidenta de la Asociación Los Niños de 31 de diciembre de 1998 (expediente de prueba, folio 4639).

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