45. Es frecuente además que, en casos que posteriormente son judicializados por aborto o por homicidio agravado, la denuncia sea presentada por el personal médico o administrativo de la institución de salud donde estaba siendo atendida la mujer 96. En algunos casos, el personal sanitario ha denunciado ante las autoridades por temor a ser acusados ellos mismos97. En este sentido, un estudio publicado en el American Journal of Public Health demostró que, entre 1998 y 2003, el 80% de los ginecólogos obstetras en El Salvador creían que la denuncia en casos de emergencias obstétricas era obligatoria en todos los casos98. 46. Por último, la Corte advierte que la mayoría de las mujeres procesadas por estos hechos tienen escasos o nulos ingresos económicos99, provienen de zonas rurales o urbanas marginales100 y tienen baja escolaridad101. Además, muchas fueron detenidas y esposadas mientras se encontraban recibiendo tratamiento médico102. Nacidos de 17 de noviembre de 2014, Disponible https://scholar.harvard.edu/files/viterna/files/viterna_guardado_2014_white_paper_spanish.pdf en: Comité de Derechos Humanos. Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de El Salvador, CCPR/C/SLV/CO/7 de 9 de mayo de 2018, párr. 15; Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Opinión núm. 68/2019, relativa a Sara del Rosario Roge/ García, Berta Margarita Arana Hernández y Evelyn Beatriz Hernández Cruz (El Salvador) A/HRC/WGAD/2019/68 de 4 de marzo de 2020, párr. 101, y Feusier, O. Pasado y presente del delito de aborto en El Salvador. Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA): Departamento de Investigaciones Jurídicas, 2012. pág. 57. Disponible en: http://www.uca.edu.sv/deptos/ccjj/media/archivo/95bbb4_pasadoypresentedeldelitodeabortoenelsalvador.pdf 96 Cfr. Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, Observaciones finales respecto a los informes periódicos octavo y noveno combinados de El Salvador, CEDAW/C/SLV/CO/8-9, párr. 38. 97 Cfr. McNaughton, H., Mitchell, E., Hernandez, E., Padilla, K., & Blandon, M. Patient Privacy and Conflicting Legal and Ethical Obligations in El Salvador: Reporting of Unlawful Abortions. American Journal of Public Health: Health Policy and Ethics. Vol 96, No. 11. 2006. Disponible en: https://ajph.aphapublications.org/doi/pdf/10.2105/AJPH.2005.071720 98 Cfr. Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Opinión núm. 68/2019, relativa a Sara del Rosario Roge/García, Berta Margarita Arana Hernández y Evelyn Beatriz Hernández Cruz (El Salvador) A/HRC/WGAD/2019/68, de 4 de marzo de 2020, párrs. 100 y 101; Declaraciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Zeid Ra’ad Al Hussein al final de su misión en El Salvador de 17 de noviembre de 2017. Disponible en: https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22412&LangID=S; peritaje rendido por David Ernesto Morales Cruz de 4 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3940). Véase también, declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por María Teresa Rivera de 23 de febrero de 2021 (expediente de prueba, folio 3809); declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por María Marina Pérez de 26 de febrero de 2021 (expediente de prueba, folio 3813); declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por Johana Iris Rosa Gutiérrez de 22 de febrero de 2021 (expediente de prueba, folio 3817), y declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por Teodora del Carmen Vásquez de 3 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3827). 99 Cfr. Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, Opinión núm. 68/2019, relativa a Sara del Rosario Roge/ García, Berta Margarita Arana Hernández y Evelyn Beatriz Hernández Cruz (El Salvador) A/HRC/WGAD/2019/68 de 4 de marzo de 2020, párrs. 100 y 101, y peritaje rendido por David Ernesto Morales Cruz de 4 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3940). Véase también, declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por María Teresa Rivera de 23 de febrero de 2021 (expediente de prueba, folio 3809), y declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por Teodora del Carmen Vásquez de 3 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3827). 100 Cfr. Peritaje rendido por David Ernesto Morales Cruz de 4 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3940). Véase también, Declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por María Marina Pérez de 26 de febrerode 2021 (expediente de prueba, folio 3813); declaración rendida ante fedatario público (afidávit) por Alva Lorena Rodríguez de 24 de febrero de 2021 (expediente de prueba, folio 3823), y declaración rendida ante fedatario público(afidávit) por Teodora del Carmen Vásquez de 3 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 3827). 101 Cfr. Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, Opinión núm. 68/2019, relativa a Sara del Rosario Roge/ García, Berta Margarita Arana Hernández y Evelyn Beatriz Hernández Cruz (El Salvador), A/HRC/WGAD/2019/68 de 4 de marzo de 2020, párr. 101. 102 20

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