Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 21 de diciembre de 2009 Caso Chitay Nech y otros vs. Guatemala Visto: 1. El escrito de demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”), presentado el 17 de abril de 2009 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) contra la República de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”), en el cual ofreció la declaración de tres presuntas víctimas, un testimonio y dos peritajes. 2. El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”), recibido el 17 de julio de 2009, en el cual ofrecieron ocho testimonios y tres peritajes. 3. El escrito de contestación a la demanda del Estado, recibido el 19 de octubre de 2009, mediante el cual interpuso excepciones preliminares y presentó su contestación de la demanda y observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “la contestación de la demanda”), en el cual solicitó a la Corte “que reciba la opinión de dos peritos y un testigo”. 4. La nota de la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretaría”) de 26 de octubre de 2009, mediante la cual se hizo notar al Estado que en la contestación de la demanda, si bien solicitó la recepción de la opinión de “dos peritos y un testigo”, cuándo los enunció sólo indicó a dos personas. En razón de esto se solicitó al Estado que aclarara quiénes son las personas que propone y en qué calidad, ya sea como testigos o peritos, y en caso de tratarse de estas pericias, se le solicitó que remitiera sus hojas de vida. (f.342)

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