- 18 fulminante[,] compatible con un disparo a corta distancia y muy probablemente suicidio” 50. Asimismo, el documento descartó la posibilidad de la asfixia51. Los representantes alegaron que dicho documento era ilegal, a pesar de lo cual había sido tomado en cuenta durante el proceso penal interno. B. Marco Normativo sobre la Jurisdicción Penal Policial 60. En la época de los hechos del caso existía en el Ecuador una jurisdicción penal policial que investigó los hechos de este caso (infra párrs. 60 a 73). Esta jurisdicción especial estaba regulada por la Constitución Política de la República del Ecuador de 1984 52, la Ley Orgánica de la Policía Nacional de 197553, la Ley de la Función Judicial de la Policía Nacional de 196054, el Código Penal de la Policía Civil Nacional 55 y el Código de Procedimiento Penal de la Policía Nacional de 196056. 61. La Constitución Política de la República del Ecuador, vigente a la fecha de los hechos, establecía que “[l]os miembros de la Fuerza Pública gozan de fuero especial, no se les puede procesar ni privar de sus grados, honores ni pensiones, sino por las causas y en la forma determinadas por la ley, a excepción de las infracciones comunes que las juzgará la justicia ordinaria”57. 62. En el mismo sentido, de acuerdo de los miembros de la Policía Civil infracciones cometidas en ejercicio de miembros de esta Institución, y por Reglamento Disciplinario”58. al Código Penal de la Policía Civil Nacional, “[e]l fuero Nacional es aplicable únicamente respecto de las la función que les corresponde específicamente como infracciones determinadas en este Código y en el 63. Según la legislación ecuatoriana previamente citada, la jurisdicción penal policial contaba con tres instancias59. La primera instancia estaba compuesta por dos etapas: sumaria y 50 Protocolo de Autopsia elaborado por el médico de la Policía Nacional (expediente de prueba, folio 103). 51 Cfr. Protocolo de Autopsia elaborado por el médico de la Policía Nacional (expediente de prueba, folio 104). 52 Cfr. Constitución Política de la República del Ecuador, Registro Oficial 763 de 12 de junio de 1984 (expediente de prueba, folios 2359 a 2372). 53 Cfr. Ley Orgánica de la Policía Nacional promulgada en el Registro Oficial 757 de 1975 (expediente de prueba, folios 2454 a 2469). 54 Cfr. Ley de la Función Judicial de la Policía Nacional. Registro Oficial Suplemento 1202 de 20 de agosto de 1960 (expediente de prueba, folios 2519 a 2527). 55 Cfr. Código Penal de la Policía Civil Nacional. Registro Oficial Suplemento 1202 de 22 de agosto de 1960 (expediente de prueba, folio 291). 56 Cfr. Código de Procedimiento Penal de la Policía Nacional. Codificación No. 4 7. Registro Oficial Suplemento 1202. Publicado el 20 de agosto de 1960 (expediente de prueba, folios 2721 a 2768), y Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal de la Policía Nacional. Registro Oficial 432. Publicado el 8 de mayo de 1990 (expediente de prueba, folios 2769 a 2772). 57 Asimismo, la Constitución establecía que “[e]l mando y jurisdicción militares y policiales se ejercen de acuerdo con la ley”. Constitución Política de la República del Ecuador, Registro Oficial 763 de 12 de junio de 1984, artículos 131 y 132 (expediente de prueba, folio 2371). 58 Este código fue derogado por Ley Reformatoria al Código Penal para la tipificación de delitos cometidos en el Servicio militar y policial. Registro Oficial Suplemento 196. Cfr. Código Penal de la Policía Civil Nacional, artículo 4 (expediente de prueba, folio 291). Esta misma norma se encontraba tipificada en el artículo 7 del Código de Procedimiento Penal de la Policía Nacional. Cfr. Código de Procedimiento Penal de la Policía Nacional. Codificación No. 4 7. Registro Oficial Suplemento 1202. Publicado el 20 de agosto de 1960 (expediente de prueba, folio 2729). 59 Cfr. Ley Orgánica de la Policía Nacional promulgada en el Registro Oficial 757 de 1975, artículos 62 a 78 (expediente de prueba, folios 2463 y 2464), y Ley de la Función Judicial de la Policía Nacional. Registro Oficial Suplemento 1202 de 20 de agosto de 1960 (expediente de prueba, folios 2519 a 2527).

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