fueron puestos en libertad 107, y a partir de esa fecha se encuentran siguiendo su proceso en tal condición y sujetos al sistema de rastreo y localización. F. Las denuncias por los hechos de tortura que habrían sufrido Reyes Alpízar Ortiz y Daniel García Rodríguez 88. Reyes Alpízar Ortiz denunció haber sido sometido a maltratos severos durante el período de arraigo con el objetivo de obtener su confesión en relación con el homicidio de la regidora María de los Ángeles Tamés Pérez 108. La denuncia la realizó en el marco del proceso penal llevado en su contra, en el contexto de la averiguación previa TLA/MR/III/1973/2006, ante la PGN y ante organismos nacionales e internacionales. Por su parte, Daniel García Rodríguez denunció en el marco del proceso penal y ante organismos nacionales e internacionales que fue víctima de maltratos y coacciones con el objetivo de obtener su confesión. A continuación, se describe el detalle de estas denuncias y de los trámites que se dio a las mismas. F.1. Sobre las denuncias por los hechos de tortura que habrían sufrido Reyes Alpízar Ortiz y Daniel García Rodríguez a) En el marco de los procesos penales i. Las denuncias por los hechos de tortura que habría sufrido Reyes Alpízar Ortiz 89. El día 28 de noviembre de 2002, ante su primera audiencia ante el Juez Quinto Penal, Reyes Alpízar rindió declaración preparatoria y denunció haber sido sometido a maltratos con el objetivo de obtener su confesión mientras se encontraba bajo medidas de arraigo 109. 90. Sobre lo anterior, cabe señalar que entre el 25 de octubre y el 27 de noviembre de 2002, Reyes Alpízar fue sometido a varios exámenes médicos 110, todos practicados por legistas adscritos a la Subprocuraduría de Tlalnepantla 111. El primer examen del 25 de octubre a las 22:29h describe una serie de lesiones y hematomas 112 “que por su naturaleza no ponen en peligro la vida, tardan en sanar menos de quince días, no ameritan hospital”. Al día siguiente se constatan las mismas lesiones 113. El 28 de octubre es sometido a tres exámenes 114. El realizado a las 17:20h o 17:35h, 107 Cfr. Sentencia de Apelación, 12 de diciembre de 2017, Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, México (expediente de prueba, folios 3061 a 3090). 108 Cfr. Declaración ante fedatario público de Reyes Alpízar Ortiz (expediente de prueba, folios 993 y siguientes). 109 Cfr. Declaración Reyes Alpízar Ortiz, de 28 de noviembre de 2002 (expediente de prueba, folios 845 a 848). Cfr. Dictamen médico Instituto de Servicios Periciales. Departamento de Medicina Forense. Causa Penal 88/2002 Tlalnepantla, México, 3 de mayo de 2008. Contiene Informe, Anexo de Consentimiento Informado y fotografías (36 págs.) (expediente de pruebas, folios 942-1040); Dictamen médico Causa Penal 88/2002-1 México, Distrito Federal 7 de noviembre de 2007. Contiene Informe, Anexo de cronología de evolución de lesiones y fotografías (60 págs.) (expediente de pruebas, folios 1044 a 1086). 110 111 Cfr. Dictamen médico Instituto de Servicios Periciales. Departamento de Medicina Forense. Causa Penal 88/2002 Tlalnepantla, México, 3 de mayo de 2008. Contiene Informe (Anexo de Consentimiento Informado y fotografías) (expediente de pruebas, folios 942 a 1040). Cfr. Dictamen médico Causa Penal 88/2002-1 México, Distrito Federal 7 de noviembre de 2007. Contiene Informe (42 págs.), Anexo de cronología de evolución de lesiones y fotografías (expediente de pruebas, folios 1044 a 1149). 112 113 Cfr. Dictamen médico Instituto de Servicios Periciales. Departamento de Medicina Forense. Causa Penal 88/2002 Tlalnepantla, México, 3 de mayo de 2008. Contiene Informe, Anexo de Consentimiento Informado y fotografías (expediente de pruebas, folios 942-1040), y Dictamen médico Causa Penal 88/2002-1 México, Distrito Federal 7 de noviembre de 2007. Contiene Informe, Anexo de cronología de evolución de lesiones y fotografías (expediente de pruebas, folios 1044 a 1149). 114 Cfr. Dictamen médico Instituto de Servicios Periciales. Departamento de Medicina Forense. Causa Penal 88/2002 Tlalnepantla, México, 3 de mayo de 2008. Informe, Anexo de Consentimiento Informado y fotografías (expediente de pruebas, folios 942 a 1040). -26-

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