desplazaban en el vehículo del servicio público en la vía San José-Apartadó,
e interrogada por militares. También las señoras Blanca Torres y María
Eugenia Jaragua Correa, integrantes de la Comunidad de Paz, fueron
detenidas e interrogadas el 19 y el 20 de diciembre de 2004,
respectivamente;
c)
el 22 de diciembre de 2004 los señores Juan Correa, German Correa y
Juan Carlos Correa, miembros de la Comunidad de Paz, fueron detenidos
por una tropa del ejército por 24 horas. Ese mismo día Gilberto Arias,
Miguel Arango y el señor de apellido Ríos fueron detenidos. Supuestamente
los militares golpearon al señor Arango, de 70 años de edad, sumergieron
su cabeza en agua y lo amenazaron de ahogarlo, con el propósito de
obtener información sobre la localización de la guerrilla;
d)
el 29 de diciembre de 2004 la niña Flor Alba Nerio Usura, de 10 años
de edad, fue herida por arma de fuego mientras huía de la vereda Las
Nieves, junto con otros miembros de la Comunidad de Paz, por temer un
enfrentamiento entre el ejército y la guerrilla. Dichas personas no se
detuvieron cuando integrantes del ejército “les grit[aron] alto”, y entonces
abrieron fuego contra los miembros de la Comunidad de Paz. La niña se
encuentra en el Hospital de Apartadó, y
e)
el 31 de diciembre de 2004 el señor Roberto Elías Monroy fue
detenido por una tropa del ejército y se desconocía su paradero a la fecha
de la presentación de las observaciones.
10.
La Resolución del Presidente de 25 de enero de 2005, en la cual resolvió
convocar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado a una
audiencia pública que se celebraría en la sede de la Corte Interamericana el día 14
de marzo de 2005, con el propósito de escuchar sus puntos de vista sobre los
hechos y circunstancias relativas a las presentes medidas provisionales.
11.
La comunicación de la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretar��a”) de
16 de febrero de 2005, siguiendo instrucciones del Presidente, en la cual solicitó al
Estado que presentara el informe requerido en el punto resolutivo tercero de la
Resolución emitida por el Tribunal el 17 de noviembre de 2004 (supra Visto 8), el
cual debió ser presentado el 16 de enero de 2005.
12.
Las comunicaciones presentadas por los representantes los días 24 de febrero
y 2 de marzo de 2005, en las cuales informaron sobre el asesinato de Luis Eduardo
Guerra Guerra, integrante del Consejo Interno de la Comunidad, “uno de los pocos
fundadores de la Comunidad de Paz que aun conservaba su vida, encargado por
mandato de esta organización comunitaria de mantener toda la interlocución oficial
con el gobierno nacional, con el cuerpo diplomático que sigue de cerca el tema de
San José y con las diferentes organizaciones nacionales e internacionales que lo
apoyan”, así como el asesinato de otros siete miembros de la Comunidad de Paz,
entre quienes había tres niños. Al respecto, los representantes manifestaron, inter
alia, que:
a)
el 21 de febrero de 2005 fueron retenidos Luis Eduardo Guerra Guerra,
de 35 años de edad, su hijo Deiner Andrés Guerra Tuberquia, de 11 años de
edad, y la compañera del señor Guerra, Bellanira Areiza Guzmán, de 17 años
de edad. Ese mismo día militares manifestaron a los pobladores que “habían
dado de baja a tres guerrilleros, tratándose de un hombre, una mujer y un
niño”.
El 25 de febrero de 2005 los cuerpos de Luis Eduardo, Deiner y
Bellanira fueron encontrados en las inmediaciones del centro de salud de
Mulatos Medio, expuestos al aire, en campo abierto. El 26 de febrero de 2005
5
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos