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presentados en el escrito de solicitudes y argumentos de los representantes, el Estado aceptó lo
contenido en el apartado I de dicho escrito, “específicamente los referidos bajo el acápite de las
circunstancias y hechos que rodearon las desapariciones de las víctimas en este caso”. En el
transcurso de la audiencia pública, el Estado reafirmó su reconocimiento sobre los hechos de la
desaparición de la niña Emelinda Lorena Hernández y de los niños Santos Ernesto Salinas, José
Adrián Rochac Hernández, Manuel Antonio Bonilla y Ricardo Abarca Ayala y sobre las circunstancias
que rodearon las mismas, reconociendo que fueron realizadas “como parte de un patrón de
violencia que tuvo lugar en El Salvador durante el pasado conflicto armado entre los años 1980 y
1991 y que incluyó la desaparición forzada de niños y niñas especialmente en aquellas zonas que
fueron afectadas en mayor medida por enfrentamientos armados y operativos militares”. Asimismo,
en sus alegatos finales el Estado manifestó que, “en coherencia con la posición que ha expresado
ante la […] Corte frente a casos vinculados a niñez desaparecida durante el pasado conflicto armado
interno y en reconocimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido por la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, en diferentes etapas procesales del presente caso, que
incluyen la contestación [al sometimiento del caso], el traslado de observaciones al escrito
autónomo de los representantes y los alegatos orales presentados durante la audiencia pública
celebrada […], reconoció y aceptó los hechos alegados por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en relación [con el] presente caso”.
20.
En lo que respecta a las alegadas violaciones de derechos contenidas en los escritos de la
Comisión y los representantes, el Estado no se pronunció explícitamente en su contestación. No
obstante, en la audiencia pública manifestó que “[s]obre las pretensiones de derecho, el Estado
reconoce respecto del presente caso las conclusiones de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en su informe de fondo sobre el caso, tanto en lo que respecta a las violaciones
establecidas en perjuicio de los niños y niñas desaparecidos como en perjuicio de los familiares
identificados en dicho informe”. De igual forma, en sus alegatos finales estableció que reconoció y
aceptó “las conclusiones contenidas en el informe sobre el fondo, emitido por [la] Comisión, en lo
que respecta a las violaciones establecidas en perjuicio de los niños y niñas desaparecidos y de sus
familiares identificados en el mismo informe”.
21.
Respecto a las reparaciones, el Estado expresó en su contestación su disposición de
“impulsar las medidas de reparación a las víctimas en el presente caso, recomendadas por la […]
Comisión […] en su informe de fondo”. Para lograr lo anterior el Estado puso de manifiesto su
intención de: (i) desarrollar un diálogo con las víctimas y sus representantes con el propósito de
acordar la adopción e implementación de un conjunto integral de medidas reparadoras; (ii) avanzar
en medidas como la provisión de asistencia médica y psicológica para las víctimas, la creación de un
jardín-museo dedicado a la niñez desaparecida, un acto público de reconocimiento de
responsabilidad internacional, la designación de una escuela con el nombre de la niña y los niños en
este caso concreto, y cualquier otra medida solicitada y acordada entre el Estado, las víctimas y sus
representantes; (iii) adoptar las medidas necesarias para asegurar la permanencia de la Comisión
Nacional de Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos durante el Conflicto Armado Interno, y (iv)
realizar todos los esfuerzos necesarios para investigar el paradero de la niña y los niños, así como
realizar los procedimientos y enlaces para la recuperación de su identidad en el caso de ser
reencontrados. Durante la audiencia pública el Estado reiteró su voluntad de dar cumplimiento a las
reparaciones. En sus alegatos finales, el Estado señaló de forma expresa “su firme compromiso de
avanzar en las acciones necesarias para que go[cen] plenamente de los derechos que les
corresponden en su calidad de víctimas, principalmente para alcanzar la máxima aspiración de todos
los familiares, que es la localización de sus niños y niñas desaparecidos”. En dichas alegaciones, el
Estado reiteró lo manifestado sobre reparaciones, los avances y lo que se compromete a realizar
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Relativo a la desaparición de Manuel Antonio Bonilla y Ricardo Ayala Abarca (“Hechos que rodearon sus
desapariciones” y “Procesos internos”).