42 Myriam Zapata Escué (hija) US$ 25.000 Mario Pasu (padre) US$ 20.000 Etelvina Zapata Escué (madre) US$ 20.000 Ayénder Escué Zapata (hermano) US$ 5.000 Omar Zapata (hermano) US$ 5.000 Francya Doli Escué Zapata (hermana) US$ 5.000 Julio Albeiro Pasu Zapata (hermano) US$ 5.000 Aldemar Escué Zapata (hermano) US$ 5.000 Yonson Escue Zapata (hermano) US$ 5.000 Total US$ 165.000 157. La cantidad fijada a favor del señor Escué Zapata será entregada a sus familiares conforme el párrafo 144 de esta Sentencia. 158. El Estado deberá efectuar el pago de las indemnizaciones por concepto de daño inmaterial directamente a sus beneficiarios dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, en los términos de los párrafos 189 a 194 infra. C) Medidas de satisfacción y garantías de no repetición 159. La Corte destaca las medidas que el Estado ha venido realizando en beneficio de los pueblos indígenas, a saber, el diálogo y concertación de políticas públicas destinadas a proteger los derechos de los pueblos indígenas, actividades para profundizar en el conocimiento de la cultura indígena, y otras medidas legislativas, judiciales y administrativas destinadas a garantizar los derechos de estos pueblos. Sin embargo, la Corte considera oportuno determinar las medidas de satisfacción que buscan reparar el daño inmaterial sufrido por los familiares de la víctima y que no tienen naturaleza pecuniaria, y dispondrá garantías de no repetición que tienen alcance o repercusión pública. a) obligación de investigar los hechos que generaron las violaciones del presente caso e identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables 160. La Comisión indicó que “dada la particular[…] gravedad de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el presente caso, una reparación integral exige que el Estado investigue con debida diligencia los hechos, con el fin de identificar, juzgar y sancionar a los responsables de la detención, torturas y ejecución de Germán Escué Zapata”. 161. Por su parte, los representantes solicitaron a la Corte que “ordene al Estado colombiano, emplear todos los medios a su alcance para efectuar una investigación seria, imparcial y efectiva [que se dé] en un plazo razonable, para someter a juicio a todos los responsables […] y que sean oportuna y adecuadamente sancionados”.

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