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A)
Prueba Documental, Testimonial y Pericial
23.
A solicitud del Presidente (supra párr. 8) fueron recibidas las declaraciones juradas y
las rendidas ante fedatario público (affidávit) de los siguientes testigos y peritos:
a)
Bertha Escué Coicue (declaración jurada), testigo propuesta por la Comisión.
Declaró, inter alia, sobre: las circunstancias del operativo militar en que
supuestamente se detuvo ilegalmente, torturó y ejecutó a su compañero
Germán Escué Zapata; los alegados obstáculos enfrentados por la familia de
la presunta víctima en la búsqueda de justicia; y las consecuencias para la
familia de la presunta víctima, para la Comunidad Indígena del resguardo de
Jambaló y para las demás comunidades indígenas de la zona, de las alegadas
violaciones a los derechos humanos sufridas por su compañero;
b)
Aldemar Escué Zapata (declaración jurada), testigo propuesto por los
representantes. Declaró, inter alia, sobre: la supuesta detención arbitraria e
ilegal, la alegada tortura y la presunta entrada violenta al domicilio en el que
se encontraba el señor Escué Zapata; la supuesta ejecución extrajudicial de
su hermano; y las consecuencias que presuntamente se generaron para la
familia y para la Comunidad Indígena;
c)
Ayénder Escué Zapata (declaración jurada), testigo propuesto por los
representantes. Declaró, inter alia, sobre: el supuesto impacto que generó en
la familia y en la Comunidad las alegadas detención ilegal, tortura, ejecución
extrajudicial, falta de esclarecimiento de los hechos y sanción de los
responsables de la muerte de su hermano. Todo lo anterior en un supuesto
contexto de persecución estatal a la familia Escué Pasu por la lucha por un
territorio; y sobre la importancia que tenía Germán Escué Zapata al interior
de la familia y la Comunidad en el supuesto rol de protector de la relación de
la Comunidad con su territorio;
d)
Mario Pasu (declaración jurada), testigo propuesto por los representantes.
Declaró, inter alia, sobre: los hechos relacionados con la supuesta detención
arbitraria e ilegal, la alegada tortura y la presunta ejecución extrajudicial de
su hijo; el alegado patrón de violencia ejercido contra las comunidades
indígenas del Cauca en la época de los hechos; y el supuesto daño causado a
la familia y a la Comunidad Indígena como consecuencia de tales hechos;
e)
Oscar Iván Arias Herrera (affidávit), testigo propuesto por el Estado. Declaró,
inter alia, sobre: la presencia de un morador indígena de la vereda de Loma
Redonda en compañía del Ejército en Loma Redonda y Vitoyó el 1 de febrero
de 1988; la muerte del indígena Paez, señor Germán Escué Zapata; el
regreso de las unidades del Ejército a Loma Redonda y las instrucciones que
recibieron los soldados acerca de este caso;
f)
Esther Sánchez de Guzmán (declaración jurada), perito propuesta por la
Comisión. Declaró, inter alia, sobre: la situación de las comunidades
indígenas en el conflicto interno colombiano; las consecuencias para una
comunidad indígena del homicidio de uno de sus líderes; y el acceso de la
población indígena a la justicia, y
g)
Héctor Hernán Mondragón Báez (declaración jurada), perito propuesto por los
representantes. Declaró, inter alia, sobre: el sentido o significado que tiene
para los indígenas Paeces la impunidad; las implicaciones, consecuencias y
reacción de la comunidad frente a la misma; el impacto que causa a una