-32d) En lo que respecta al pago de costas y gastos, solicitaron que el Estado “presente el
acto de formalización que autorizó a realizar el pago de [las costas y gastos] a fin de
garantizar que el valor de pago sea libre de cargas fiscales”.
97.
La Comisión manifestó que la información disponible indicaba que los pagos ordenados
han sido realizados parcialmente.
I.3) Consideraciones de la Corte
a)
Respecto de los familiares víctimas con vida a la fecha de la Sentencia o del pago
98.
El Estado informó que cumplió con el pago de las indemnizaciones por concepto de
daño material e inmaterial ordenadas en la Sentencia a favor de 39 de las víctimas indicadas
en el párrafo 251 de la misma (supra párr. 95) 78, las cuales se encuentran vivas. Como
comprobante de los pagos el Estado adjuntó un cuadro en el cual incluyó información sobre el
supuesto número de giro/orden bancaria correspondiente al pago realizado a cada una de esas
39 personas en los días 16, 18 y 19 de diciembre de 2011, 11 de enero y 13 de febrero de
2012, los cuales fueron efectuados en reales, utilizando el tipo de cambio entre ambas
monedas de la fecha anterior al pago. Tomando en cuenta que los representantes de las
víctimas no presentaron objeción alguna al respecto -ni en los escritos ni en la audiencia
privada ante esta Corte-, el Tribunal considera que Brasil cumplió con el pago de las
indemnizaciones por daños materiales e inmateriales a favor de tales personas.
99.
Asimismo, del referido cuadro se desprende que el Estado no habría realizado los pagos
ordenados en la Sentencia a favor de las siguientes cinco víctimas: Carmen Navarro, José
Vieira de Almeida, Otilia Mendes Rodrigues, Francisco Alves Rodrigues y Celeste Durval
Cordeiro. Respecto de estas personas el Estado indicó que sus nombres no constan en el
escrito de los representantes de 5 de diciembre de 2011. La Corte observa que, en el referido
escrito, los representantes indicaron que ninguna de las organizaciones representantes de las
víctimas tiene poderes para representar a estas personas 79. El Tribunal recuerda que el Estado
debe cumplir con el pago de las indemnizaciones a todas las víctimas, aún cuando algunas de
ellas no se encuentran representadas. La Corte también constata que, tal como lo alegaron los
representantes, el Estado no presentó prueba de que realizó el pago indemnizatorio ordenado
a favor de la víctima Joaquim Patricio, quien se encuentra con vida. En virtud de lo expuesto,
el Estado debe proceder, a la brevedad posible, a realizar la totalidad de los pagos de las
indemnizaciones ordenadas a favor estas personas, incluyendo el interés moratorio
correspondiente, y remitir a la Corte información actualizada, detallada y completa respecto de
las acciones tendientes a dar cumplimiento a la presente medida de reparación, remitiendo
copia de los respectivos comprobantes.
b) Respecto de los familiares víctimas que fallecieron previo a la Sentencia o al pago
100. En el párrafo 320 de la Sentencia la Corte dispuso que “[e]n caso de que los
beneficiarios hayan fallecido o fallezcan antes de que les sea entregada la indemnización
78
El Estado pagó a las siguientes 39 víctimas: Criméia Alice Schmidt de Almeida, João Carlos Schmidt de
Almeida, Luiza Monteiro Teixeira, José Dalmo Ribeiro Ribas, Maria Eliana de Castro Pinheiro, Roberto Valadão, Junília
Soares Santana, Diva Soares Santana, Getúlio Soares Santana, Dilma Santana Miranda, Dinorá Santana Rodrigues,
Dirceneide Soares Santana, Elza da Conceição Oliveira, Viriato Augusto Oliveira, Terezinha Souza Amorim, Rosa
Olímpio Cabello, Helenalda Resende de Souza Nazareth, Helenice Resende de Souza Nazareth, Helenilda Resende de
Souza Nazareth, Helenoira Resende de Souza Nazareth, Lorena Moroni Barroso, Ciro Moroni Girão, Breno Moroni
Girão, Sônia Maria Haas, Wladmir Neves da Rocha Castiglia, Elizabeth Silveira e Silva, Luiz Carlos Silveira e Silva, Luiz
Paulo Silveira e Silva, Maristella Nurchis, Rosana Moura Momente, Maria Leonor Pereira Marques, Angela Harkavy, Elza
Pereira Coqueiro, Valéria Costa Couto, Lavínia Grabois Olímpio, Igor Grabois Olímpio, Laura Petit da Silva, Clovis Petit
de Oliveira, y Aldo Creder Corrêa.
79
Las otras víctimas respecto de las cuales los representantes indicaron que no tienen poder de representación
son: Gerson Meneses Magalhães, Joaquim Patricio, Isaura de Souza Patricio, Luiz Durval Cordeiro y Aminthas
Rodrigues Pereira.