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percibido como producto de las consultorías que tenía proyectadas[, …] ha
estado ausente del entorno de su hijo, padres y hermanos, no pudo asistir al
sepelio de su madre, ni atender al cuidado de su hijo que fue criado y
educado por su hermana Filomena, y quien se ha visto privado de la
presencia y guía de su padre. Asimismo, su hermano Pedro tuvo que asumir
la responsabilidad de su defensa ante los organismos nacionales e
internacionales”; y
c)
la familia del señor Urcesino Ramírez Rojas ha incurrido en gastos
económicos para visitarle.
Alegatos de las representantes
257. En relación con la determinación del daño material las representantes
señalaron que “las víctimas carecen de recursos lo que les ha impedido en la práctica
determinar de manera técnica los montos que ascendería el daño material,
limitándose a señalar montos aproximados”:
I) En relación con el señor Wilson García Asto
a)
al momento de su detención “cursaba el último año de la universidad,
tenía 25 años edad y [estaba] próximo a graduar[se], trabajaba[ba] dando
clases particulares de matemáticas a escolares y haciendo tipeos en
computadora por lo cual ganaba aproximadamente US$ 200.00 (doscientos
dólares de los Estados Unidos de América )”;
b)
los familiares del señor Wilson García Asto han incurrido en un total de
US$ 13,023.50 (trece mil veintitrés con cincuenta centavos de dólares de los
Estados Unidos de América) por concepto de daño emergente por los
siguientes gastos:
(i) gastos por su salud en un monto de US$ 567.24 (quinientos
sesenta y siete con veinticuatro centavos de dólares de los Estados
Unidos de América);
(ii) pago por concepto de reserva de matricula en la Universidad del
Callao por un monto de US$ 364.29 (trescientos sesenta y cuatro con
veintinueve centavos de dólares de los Estados Unidos de América);
(iii) gastos por alimentación suplementaria llevados a los centros
penitenciarios donde se encontraba recluido ascienden a un monto de
US$ 1,209.71 (mil doscientos nueve con setenta y un centavo de
dólares de los Estados Unidos de América);
(iv) los gastos por concepto de transporte, hospedaje y alimentación
de las visitas efectuados por su madre y hermanos a Yanamayo,
Challapalca y Juliaca ascienden a US$ 1765.14 (mil setecientos
sesenta y cinco con catorce centavos de dólares de los Estados Unidos
de América);
(v) la pérdida de la computadora personal, accesorios y disco duro
implican US$ 1435.00 (mil cuatrocientos treinta y cinco dólares de los
Estados Unidos de América);
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