Juzgado Correccional, encomendando al juez la emisión de un nuevo pronunciamiento
sobre la situación procesal de los imputados 121.
E.3. La causa sobe el Memorándum de entendimiento
95. En enero de 2015, el entonces titular de la UFI AMIA Alberto Nisman, presentó
ante un Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal una denuncia penal por medio de
la cual acusó a diversos funcionarios estatales, entre ellos a la expresidenta Cristina
Fernández, por presuntamente haber trazado un “plan delictivo destinado a dotar de
impunidad a los imputados de nacionalidad iraní” a partir de la firma del Memorándum
de Entendimiento con Irán 122.
96. El Juzgado Federal No. 3 desestimó la denuncia por inexistencia del delito el 26 de
febrero de 2015 123, decisión que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones
por decisión 25 de marzo de 2016. La fiscalía desistió, a su vez, del recurso interpuesto
por el fiscal ante la Cámara de Apelaciones, al coincidir en la inexistencia del delito. Sin
embargo, en diciembre de 2016, luego del cambio de gobierno, la causa fue reabierta a
instancias de la querella compuesta por la DAIA y se acumuló con una causa de contenido
similar. Las dos causas fueron elevadas al Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 8. Las
partes no aportaron información actualizada sobre el estado de este expediente.
F. Marco normativo relativo a la regulación y acceso a la información
obtenida por los servicios de inteligencia
97. Las diferentes sentencias emitidas en el marco de las investigaciones del atentado,
en particular la sentencia de 2004 en el Juicio AMIA I y la de 2019 en el Juicio AMIA –
Encubrimiento, así como el Informe de Claudio Grossman, subrayan el fuerte
involucramiento de la SIDE en todas las investigaciones. En efecto, la UFI AMIA en su
Informe de octubre de 2016 sobre el proceso de desclasificación de información
reservada o secreta sobre el atentado y su encubrimiento indicó:
El proceso de desclasificación de la información generada o acopiada por agencias
estatales sobre el atentado a la sede de la Asociación Mutual Israelita (AMIA) y de
otras instituciones y su encubrimiento constituye un desarrollo institucional todavía
incompleto a pesar de los 22 años transcurridos. El atentado del 18 de julio de 1994
fue inicialmente investigado con el concurso de la Secretaría de Inteligencia del
Estado (SIDE) y el aporte de servicios extranjeros. De hecho, al día de hoy, la Agencia
Federal de Inteligencia (AFI), el organismo sucesor de la SIDE sigue colaborando,
aunque de modo más acotado, en algunos aspectos puntuales de la investigación.
Por esta razón, gran parte de la información sobre el atentado y su encubrimiento no
estuvo a disposición de las partes, ni pudo ser examinada por ellas en un primer
momento 124.
121
Cfr. Resolución emitida por la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal el 14 de octubre de
2022 (expediente de prueba, folios 45243 a 45332).
122
Cfr. Denuncia presentada por Alberto Nisman como titular de la UFI AMIA ante el Juez Federal Dr. Ariel
Lijo
el
14
de
enero
de
2015,
texto
disponible
en
la
dirección
https://especiales.lanacion.com.ar/multimedia/proyectos/pdf/denuncianisman.pdf?_ga=2.217989777.66007825.1701671521-1666771205.169625931.
Cfr. Sentencia emitida por el Juzgado Federal No. 3 del 26 de febrero de 2015 (expediente de prueba,
folio 44625).
123
124
UFI AMIA, El proceso de desclasificación de información reservada o secreta sobre el atentado y su
encubrimiento, octubre de 2016 (expediente de prueba, folio 8895).
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