Juzgado Correccional, encomendando al juez la emisión de un nuevo pronunciamiento sobre la situación procesal de los imputados 121. E.3. La causa sobe el Memorándum de entendimiento 95. En enero de 2015, el entonces titular de la UFI AMIA Alberto Nisman, presentó ante un Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal una denuncia penal por medio de la cual acusó a diversos funcionarios estatales, entre ellos a la expresidenta Cristina Fernández, por presuntamente haber trazado un “plan delictivo destinado a dotar de impunidad a los imputados de nacionalidad iraní” a partir de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán 122. 96. El Juzgado Federal No. 3 desestimó la denuncia por inexistencia del delito el 26 de febrero de 2015 123, decisión que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones por decisión 25 de marzo de 2016. La fiscalía desistió, a su vez, del recurso interpuesto por el fiscal ante la Cámara de Apelaciones, al coincidir en la inexistencia del delito. Sin embargo, en diciembre de 2016, luego del cambio de gobierno, la causa fue reabierta a instancias de la querella compuesta por la DAIA y se acumuló con una causa de contenido similar. Las dos causas fueron elevadas al Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 8. Las partes no aportaron información actualizada sobre el estado de este expediente. F. Marco normativo relativo a la regulación y acceso a la información obtenida por los servicios de inteligencia 97. Las diferentes sentencias emitidas en el marco de las investigaciones del atentado, en particular la sentencia de 2004 en el Juicio AMIA I y la de 2019 en el Juicio AMIA – Encubrimiento, así como el Informe de Claudio Grossman, subrayan el fuerte involucramiento de la SIDE en todas las investigaciones. En efecto, la UFI AMIA en su Informe de octubre de 2016 sobre el proceso de desclasificación de información reservada o secreta sobre el atentado y su encubrimiento indicó: El proceso de desclasificación de la información generada o acopiada por agencias estatales sobre el atentado a la sede de la Asociación Mutual Israelita (AMIA) y de otras instituciones y su encubrimiento constituye un desarrollo institucional todavía incompleto a pesar de los 22 años transcurridos. El atentado del 18 de julio de 1994 fue inicialmente investigado con el concurso de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y el aporte de servicios extranjeros. De hecho, al día de hoy, la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), el organismo sucesor de la SIDE sigue colaborando, aunque de modo más acotado, en algunos aspectos puntuales de la investigación. Por esta razón, gran parte de la información sobre el atentado y su encubrimiento no estuvo a disposición de las partes, ni pudo ser examinada por ellas en un primer momento 124. 121 Cfr. Resolución emitida por la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal el 14 de octubre de 2022 (expediente de prueba, folios 45243 a 45332). 122 Cfr. Denuncia presentada por Alberto Nisman como titular de la UFI AMIA ante el Juez Federal Dr. Ariel Lijo el 14 de enero de 2015, texto disponible en la dirección https://especiales.lanacion.com.ar/multimedia/proyectos/pdf/denuncianisman.pdf?_ga=2.217989777.66007825.1701671521-1666771205.169625931. Cfr. Sentencia emitida por el Juzgado Federal No. 3 del 26 de febrero de 2015 (expediente de prueba, folio 44625). 123 124 UFI AMIA, El proceso de desclasificación de información reservada o secreta sobre el atentado y su encubrimiento, octubre de 2016 (expediente de prueba, folio 8895). 31

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