3. Convocar al Estado de El Salvador, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública de supervisión de cumplimiento de Sentencia, que se celebrará de manera virtual el 4 de marzo de 2021, de las 08:00 a las 09:30 horas, horario de Costa Rica, durante el 140° Período Ordinario de Sesiones de esta Corte, en los términos indicados en los Considerandos 46 y 47 de la presente Resolución. 4. En aplicación del artículo 69.2 de su Reglamento, solicitar al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador, o quién designe en su representación, que rinda un informe oral en la referida audiencia pública, tomando en cuenta lo indicado en el Considerando 47 de la presente Resolución. 5. Disponer que la Presidencia del Tribunal comunique posteriormente a las partes, a la Comisión Interamericana y a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador, la fecha exacta en que será realizada la referida audiencia. 6. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los representantes de las víctimas, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador. El Juez Eduardo Vio Grossi hizo conocer a la Corte su Voto Concurrente, el cual acompaña la presente Resolución. Corte IDH. Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs El Salvador. Solicitud de Medidas Provisionales y Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de noviembre de 2019. Resolución adoptada en San José de Costa Rica por medio de sesión virtual. Elizabeth Odio Benito Presidenta L. Patricio Pazmiño Freire Eduardo Vio Grossi Humberto Antonio Sierra Porto Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Eugenio Raúl Zaffaroni Ricardo C. Pérez Manrique Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, -21-

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