26. La Comisión transmitió a los peticionarios el 21 de febrero de 2006 las
partes pertinentes de información adicional aportada por el Estado de Argentina en
el transcurso de la reunión de trabajo celebrada en el 123º período ordinario de
sesiones de la CIDH.
27. El 1º de junio de 2006, los peticionarios enviaron a la CIDH una carta
firmada por los caciques de las comunidades que conforman la Asociación Lhaka
Honhat. El Fiscal de Estado de la Provincia de Salta envió a la Comisión el 9 de
junio de 2006, copia del acta de la reunión de 14 de marzo de 2006 que tuvo lugar
entre el Secretario General de la Gobernación de la Provincia de Salta y el señor
Francisco José Pérez, Coordinador de la Asociación Lhaka Honhat. El 18 de julio
de 2006, la Comisión recibió un escrito de la Asociación Lhaka Honhat en la que
informaba de los acontecimientos más recientes en la zona.
28. La Comisión, el 16 de agosto de 2006, solicitó tanto a los peticionarios
como al Estado que enviaran información actualizada en el plazo de un mes sobre
la materia objeto de la petición y trasladó los escritos de los peticionarios de 1º de
junio y 18 de julio de 2006. El Estado y los peticionarios enviaron información a la
Comisión el 7 y 15 de septiembre de 2006, respectivamente.
III.
A.
POSICIÓN DE LAS PARTES
Los peticionarios
29. La Asociación de comunidades aborígenes "Lhaka Honhat" (los
peticionarios) es una Asociación Civil sin fines de lucro, según consta en la
Resolución Ministerial Nº 449 de fecha 9 de diciembre de 1992 que aprueba su
estatuto social y le otorga personería jurídica. La Asociación "Lhaka Honhat" se
encuentra integrada por 35 comunidades indígenas de los grupos étnicos Mataco
(Wichi), Chorote (Iyjwaja), Toba (Quom), Chulupí (Nivacklé), Tapiete (Tapy´y),
que viven en la zona del Río Pilcomayo (lotes fiscales Nº 14 y 55) desde tiempos
inmemoriales. En la región del Chaco-Salteño, Departamento de Rivadavia,
Municipio de Santa Victoria Este, Provincia de Salta, concretamente, en los lotes
fiscales Nº 14 y 55, viven aproximadamente 45 comunidades indígenas (entre
6.000 y 7.000 personas) que pertenecen a nueve pueblos indígenas y, que
conviven con unos 2.600 criollos. Se trata de una zona de baja densidad
poblacional y escasos signos de urbanización, con una extensión aproximada de
600.000 hectáreas.
1.
Antecedentes
30. Los peticionarios alegan que a pesar de que son los legítimos
propietarios de las tierras en las que viven, tal y como lo reconoce la
Constitución Nacional, y han realizado numerosas gestiones desde que Argentina
7
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