RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 1 DE DICIEMBRE DE 2011 FONDO DE ASISTENCIA LEGAL DE VÍCTIMAS CASO NADEGE DORZEMA Y OTROS VS. REPÚBLICA DOMINICANA VISTO: 1. El escrito de 11 de febrero de 2011 y su anexo, mediante los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) un caso en contra de la República Dominicana (en adelante “República Dominicana” o “el Estado”). Los anexos al referido escrito, entre otros, fueron recibidos en la Secretaría del Tribunal el 3 de marzo de 2011. 2. El escrito de 27 de julio de 2011 y su anexo, mediante los cuales los representantes de las presuntas víctimas 1 (en adelante “los representantes”) presentaron su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas en relación con el presente caso (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”), así como una solicitud de las presuntas víctimas de acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana (en adelante “Fondo de Asistencia de la Corte” o “Fondo”) “para solventar los costos del litigio ante la Corte Interamericana”, los cuales especificaron. Los anexos al referido escrito fueron recibidos en la Secretaría del Tribunal el 10 de agosto y 28 de octubre de 2011. 3. La nota de la Secretaría de 12 de septiembre de 2011, mediante la cual, entre otros, se comunicó a los representantes que la referida solicitud, así como la documentación remitida, sería puesta en conocimiento del Presidente del Tribunal (en adelante “el Presidente”). CONSIDERANDO QUE: 1. República Dominicana es Estado Parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) desde el 19 de abril de 1978 y, de acuerdo con el artículo 62 de la misma, reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 25 de marzo de 1999. 1 Las presuntas víctimas en el presente caso designaron como sus representantes al Grupo de Apoyo a los Repatriados y Refugiados Cherubin Tragelus (GARR), al Centro Cultural Domínico Haitiano (CCDH) y a la Clínica Internacional de Defensa de los Derechos Humanos de la Université du Québec à Montréal (CIDDHU).

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