11
técnicas y fijaciones fotográficas de los lugares de los hechos, reconocimientos médico-legales e
inspecciones oculares a los cadáveres de las víctimas, diligencias de trayectoria balística y
entrevistas a testigos, tales como Víctor Cabrera Barrios “quien funge como testigo” de la muerte
de Víctor Tomás Navarro Barrios. Asimismo, respecto de ambos sucesos, Venezuela informó que
el Ministerio Público “ordenó citar y entrevistar a los funcionarios que resguardaron el lugar de los
hechos”. En particular, respecto del presunto asesinato de Jorge Antonio Barrios, el Estado
informó que el Ministerio Público solicitó al Tribunal de Control correspondiente órdenes de
aprehensión contra tres personas y que la causa continúa en fase de investigación.
Adicionalmente, el Estado señaló que “a Jorge Antonio Barrios […] no se le estaba brindando
Medidas de Protección, todo ello en virtud de que el mencionado ciudadano carecía de residencia
fija”.
33.
En cuanto a la implementación de las medidas provisionales, el Estado informó que las
medidas de protección “se ha[n] venido cumpliendo de conformidad a lo acordado con los
miembros de la [f]amilia Barrios”18. El Estado informó que dichas medidas consisten en tres
rondas de vigilancia realizadas por miembros de la Guardia Nacional, adscritos al Comando
Regional No. 2 de la Guardia Nacional, “por las residencias de las ciudadanas Justina Barrios,
Eloisa Barrios e Inés Josefina [B]arrios”. Explicó que de dichos recorridos se deja constancia en
Actas de Cumplimiento de Vigilancia, pero que los beneficiarios “se han negado a firmar[las]
desde noviembre del año 2011”. Asimismo, en sus diversos informes, el Estado informó de la
realización de cuatro audiencias, entre febrero de 2011 y marzo de 2012, para supervisar la
implementación de las presentes medidas con los representantes y sus beneficiarios, así como de
la convocatoria de otras tres que tuvieron que ser diferidas 19. El Estado alegó que, a pesar de
dichas audiencias, existe un “desconocimiento [de] las condiciones que deben cumplirse por parte
de los beneficiarios para el efectivo cumplimiento de las medidas”, para lo cual se refirió al
traslado de los beneficiarios de sus residencias sin informar al Estado, así como a su negativa “a
firmar la [h]oja de visita realizada por el personal castrense”. Venezuela informó que tenía
previsto entregar a los beneficiarios dos viviendas en el estado Aragua en abril de 2012, a través
de la Gran Misión Vivienda, para que sirvan de refugio a los miembros de la familia Barrios y así
“coadyuvar en la resolución de la problemática”, pero que “la situación de emergencia [generada]
en la mencionada entidad regional, a raíz de las fuertes lluvias, ha dejado como resultado un
número considerable de ciudadanos damnificados imposibilitando que se lleve a cabo finalmente
dicha asignación”. No obstante, en diciembre de 2012 informó que “en la actualidad se están
realizando reuniones […] a los fines de lograr la consecución de los planes propuestos”.
34.
El Estado no se refirió directamente a la implementación de las medidas provisionales a
favor de los miembros de la familia Barrios localizados o residenciados en el estado Carabobo y
Miranda. No obstante, remitió el acta de una audiencia celebrada el 25 de octubre de 2011 ante el
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Aragua, donde el fiscal
a cargo, en representación del Ministerio Público, destacó que en el estado Miranda los órganos
jurisdiccionales acordaron que las medidas serían ejecutadas por la Policía Municipal, e indicó que
18
Al respecto, el Estado aportó un informe elaborado por la Defensoría del Pueblo, en el cual dicha entidad estatal
reporta la verificación del cumplimiento de dichas medidas, a través de información recibida por parte del organismo de
seguridad encargado de la realización de los recorridos, así como de parte del Ministerio Público, desde agosto de 2011
hasta mayo de 2012.
19
De acuerdo a la información aportada, se celebraron audiencias los días 8 de febrero, 27 de julio y 25 de octubre
de 2011 y el 7 de marzo de 2012. Asimismo, el Estado informó que se convocaron audiencias para el 31 de agosto, 21 de
septiembre y 24 de noviembre de 2011, pero que no se llevaron a cabo debido a la “incomparecencia de las víctimas”; y
en el caso de la audiencia convocada para el 24 de noviembre de 2011, por la “incomparecencia de las v[í]ctimas[,] el
Comandante del Destacamento 21 de la Guardia Nacional […] y el [r]epresentante de las v[í]ctimas”. Al respecto, los
representantes señalaron que el 21 de septiembre de 2011 se convocó a una audiencia, sin embargo tras esperar por una
hora “sin que el secretario apareciera en la sala a informar sobre las razones del atraso, para no esperar en vano el
representante y la víctima optaron por retirarse del Tribunal”.