12 “dicha decisión no tiene [por qué] generar un cuestionamiento hacia esos órganos de policía, que de modo alguno se encuentran relacionados con los hechos ocurridos en el estado Aragua en p[er]juicio [de] la familia Barrios”. El Estado además remitió información sobre un proceso penal contra Víctor Daniel Cabrera Barrios iniciado el 16 de diciembre de 2011. Asimismo, aportó un informe de la Defensoría del Pueblo sobre, inter alia, el seguimiento realizado por dicha entidad estatal a la implementación de las medidas provisionales y sobre la remisión de comunicaciones a la Gobernación del estado Aragua que ha realizado la supervisora de la Unidad de Atención a la Víctima en relación a las casas a ser entregadas a la familia Barrios, sin obtener respuesta. El Estado también aportó un informe del Ministerio Público sobre la investigación de los casos relativos a Narciso Barrios, Benito Antonio Barrios y Néstor Caudi Barrios. 35. Respecto de la información presentada por el Estado sobre las muertes de Víctor Tomás Navarro Barrios y de Jorge Antonio Barrios, los representantes resaltaron que dichos hechos “pone[n] de relieve la persistencia del incumplimiento estatal con las medidas provisionales”. En cuanto a las diligencias realizadas sobre la muerte de Víctor Tomás Navarro Barrios (supra Considerando 32), resaltaron que “a más de seis meses de [su] muerte […], el proceso todavía sigue en fase de investigación”, sin que exista algún procesado. Además, indicaron que desconocen los resultados de las diligencias informadas por el Estado. Sobre el asesinato de Jorge Antonio Barrios, alegaron que el “contexto de desatención a las medidas provisionales [en el que se produjo su muerte], […] demuestra y perpetúa un nivel de riesgo gravemente elevado para los miembros de la familia Barrios”. Resaltaron que el asesinato de Jorge Antonio Barrios “ocurrió […] a pocas cuadras de la residencia familiar de Eloisa Barrios y [d]el sitio del asesinato de Víctor Tomás [Navarro] Barrios ocurrido apenas meses antes”. Asimismo, los representantes realizaron ciertas observaciones y manifestaron “algunas preocupaciones sobre los detalles de la investigación”, aún cuando “valora[ron] positivamente” la solicitud de tres órdenes de aprehensión en dicha investigación. Informaron que no es cierto que el beneficiario Jorge Antonio Barrios no tuviera residencia fija, la cual precisaron. En este sentido, indicaron que el argumento del Estado para no proveerle medidas de protección “care[ce] de sustento fáctico o jurídico” y, en todo caso, “resultaría irrelevante[,] ya que al momento de su asesinato Jorge Antonio se encontraba […] con otro beneficiario de […] medidas provisionales”. Observaron que lo indicado por el Estado “constituye una admisión [de] que al momento de la muerte de Jorge Antonio Barrios, las autoridades estatales no se encontraban implementado las medidas provisionales”. 36. En cuanto a la implementación de las medidas, los representantes alegaron que “en el pasado existieron visitas esporádicas a la vivienda de la señora Eloisa Barrios, sin embargo éstas fueron abandonadas por los funcionarios de las [G]uardia [N]acional, quienes sin explicación alguna dejaron de frecuentar su residencia” desde finales de 2011. Además, indicaron que cuando los efectivos de la Guardia Nacional hacían acto de presencia exigían “la firma de distintos formatos [para] justificar las supuestas visitas permanente[s]”. Señalaron que “se ha incumplido con lo acordado en la audiencia de 27 de julio [de 2011]”, puesto que en el estado Miranda “han sido comisionados policías [m]unicipales”, para ejecutar la medida de protección en las viviendas de Maritza Barrios y Elbira Barrios, siendo que tales medidas deben ser ejecutadas exclusivamente por la Guardia Nacional. En relación con la adjudicación de las viviendas, los representantes alegaron que ello pone de manifiesto “la improvisación [del] Estado [que] permanece a la espera de la ejecución de un plan de vivienda de donde se tomarán dos inmuebles para convertirlos en refugios”, sin preestablecer quiénes habitarán las viviendas o coordinar con los beneficiarios su ubicación. Al respecto, alegaron que “no ent[ienden] cómo puede el Estado asegurar que será a través de la Gran Misión Vivienda que resolverá la creación de las casas de abrigo” 20. En su escrito de 7 de enero de 2013, los representantes informaron que en noviembre de 2012 el Estado entregó dos apartamentos a las señoras Eloisa Barrios e Inés Josefina Barrios, a través del 20 En particular, indicaron que en el estado Aragua se están construyendo 280 apartamentos como ejecución de la Gran Misión Vivienda, no obstante, para marzo de 2011 existían 28.000 solicitantes de los mismos.

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