y regresaba cada vez más golpeado. Agregó, que el señor Valenzuela estaba mal físicamente,
que tenía golpes en todo el cuerpo y que en distintas conversaciones con él, éste le contó
sobre las torturas que habría sufrido con cigarrillos en la parte del cuello y genitales y que
anteriormente le habían introducido un objeto (bastón o palo) en el ano 60.
C.4. Diligencias llevadas a cabo por el señor Valenzuela y su defensa en relación con
los alegados actos de violencia
87.
El señor Valenzuela denunció los actos de violencia perpetrados durante su detención,
en su declaración indagatoria de 8 de junio de 1998 61, en su declaración de 11 de octubre de
1999 62, y también hizo referencia a las mismas en el recurso de apelación de 3 de noviembre
de 1999 presentado por la defensa del señor Valenzuela 63.
88.
El 11 de julio del 2001 el señor Valenzuela interpuso un recurso de exhibición personal
en contra del Director de la Policía Nacional Civil, el Jefe del Departamento de Servicio de
Investigación Criminal y el Director del Centro Preventivo para Hombres de la zona 18. En
dicho recurso también denunció los malos tratos que habría sufrido el 17 de junio de 2001. El
30 de julio de 2001 la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones resolvió declarar sin lugar el
recurso de exhibición personal, con base en que en el caso no concurrían los presupuestos
legales para su procedencia, previstos en el artículo 82 de la Ley de Amparo, Exhibición
Personal y de Constitucionalidad 64.
C.5. Tercera fuga, muerte del señor Valenzuela y la “Operación Gavilán”
89.
El 22 de octubre de 2005 durante la madrugada, 19 internos calificados como de alta
peligrosidad se fugaron de la cárcel de máxima seguridad “El Infiernito”, a través de un túnel
de 120 metros de longitud 65, entre ellos se fugó Tirso Román Valenzuela Ávila. Frente a esto,
el Servicio de Inteligencia Criminal de la Policía Nacional Civil emitió el Plan de Acción No. 0022005 que establece la “Operación Gavilán” o “Plan Gavilán”, cuyo objetivo principal era la
búsqueda y captura de los 19 reos fugados, calificados de “peligrosos delincuentes”, para
efectos de “proteger la vida, la integridad física de las personas y sus bienes, el libre ejercicio
de los derechos y libertades, así como prevenir, investigar y combatir el delito preservando el
orden y la seguridad pública” 66.
90.
El “Plan Gavilán” fue establecido formalmente el 24 de octubre de 2005 y firmado por
Víctor Hugo Soto Diéguez, jefe del Servicio Investigación Criminal de la PNC 67. Esta operación
60
168).
Cfr. Declaración rendida por el señor PRA sin fecha (expediente de anexos al Informe de Fondo, anexo 9, f.
Cfr. Informe del Estado de Guatemala a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en relación al
caso Tirso Román Valenzuela Ávila de 27 de mayo de 2005 (expediente de trámite ante la Comisión, fs. 3074 a 3083).
En dicho informe se indica que el señor Tirso Román Valenzuela Ávila rindió su declaración indagatoria el 8 de junio
de 1998. Es un hecho no controvertido.
62
Cfr. Acta de Juicio 38-99 de 11 de octubre de 1999, supra.
63
Recurso de apelación especial de 3 de noviembre de 1999, supra.
64
Cfr. Resolución de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones constituida en Tribunal de Exhibición Personal
de 30 de julio de 2001 (expediente de anexos al Informe de Fondo, anexo 8, fs. 165 a 166). Ley de Amparo, Exhibición
Personal y de Constitucionalidad, Decreto N° 1-86. Según se establecía en el Artículo 82: “Derecho a la exhibición
personal. Quien se encuentre ilegalmente preso, detenido o cohibido de cualquier otro modo en el goce de su libertad
individual, amenazado de la pérdida de ella, o sufriere vejámenes, aun cuando su prisión o detención fuere fundada
en ley, tiene derecho a pedir su inmediata exhibición ante los tribunales de justicia, ya sea con el fin de que se le
restituya o garantice su libertad, se hagan cesar los vejámenes o termine la coacción a que estuviere sujeto”.
65
Cfr. Informe del Estado a la Comisión de 8 de noviembre de 2005 (expediente de trámite ante la Comisión,
anexo 5, fs. 2965 a 2966).
66
Plan de Acción Interno No. 002-2005 “Operación Gavilán” (expediente de anexos al ESAP, anexo 47, fs.
12741 a 12745).
67
Cfr. Plan de Acción Interno No. 002-2005 “Operación Gavilán”, supra.
61
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