5
la sentencia inatacable, y a adoptar sus determinaciones tomando en cuenta, sobre
el cimiento que aquélla le suministra, el interés superior que entraña la defensa de
los derechos humanos. Si la Corte posee atribuciones para ir más allá del
desistimiento, el allanamiento o el convenio reparatorio cuando lo juzga pertinente
por razones de fondo, con mayor razón puede hacerlo cuando las expresiones de la
parte no son suficientemente claras, por sí mismas, en lo que atañe a su naturaleza
y alcance, y cuando las otras partes solicitan al órgano jurisdiccional, en tal virtud,
aclaraciones y precisiones que permitan definir la situación que se crea a partir de
dichas expresiones. Al emprender este ejercicio lógico en el desempeño de las
atribuciones jurisdiccionales que tiene, el tribunal puede valorar las expresiones
dudosas o insuficientes, en sus propios términos, o relacionarlas con otros datos
que figuren en el proceso, a fin de integrar, con el conjunto, un fundamento seguro
para la adopción de sus resoluciones.
III. ADMISION, RECONOCIMIENTO Y PRUEBA DE LOS HECHOS
18.
El Estado ha formulado diversos actos a los que califica como reconocimiento
de responsabilidad internacional o institucional, aceptación internacional de
responsabilidad institucional, “allanamiento absoluto”, reconocimiento “lisa y
llanamente (de) los hechos expuestos en la demanda”, “allanamiento (…) a las
pretensiones de la parte demandante”, “reconoc(imiento) de los hechos expuestos
en la demanda y acepta(ción por parte del Estado), sin condición alguna, (de) su
responsabilidad internacional” (cfr. Cap. VI de la Sentencia). Reitero que es
apreciable la actitud del Estado que al advertir la existencia efectiva de hechos
violatorios de derechos humanos procura ponerlos a la vista --o admite, en mayor o
menor medida, la exposición que de ellos han hecho otras instancias
internacionales, como la Comisión Interamericana, o entidades de la sociedad,
como las Organizaciones no Gubernamentales--, acepta consecuencias jurídicas
adversas derivadas de ellos y manifiesta esta posición ante la justicia internacional.
En la experiencia de la Corte IDH se observa un incremento de los casos de
allanamiento o reconocimiento de responsabilidad, que marcan precedentes
positivos.
19.
Conviene puntualizar, puesto que alguna vez se alude al reconocimiento de
los hechos contenidos en la demanda, que este documento, de 19 de junio de
2001, considera hechos de dos órdenes principales: relativos a la privación de la
vida de Myrna Mack Chang y referentes a la investigación de aquéllos y la sanción a
los responsables. En cuanto a los primeros, alude expresamente a un plan de
inteligencia; y por lo que toca a los segundos, menciona la falta de investigación
seria y efectiva dentro de un plazo razonable y mecanismos de hecho y de derecho
que obstaculizan una adecuada administración de justicia (párr. 209 del escrito de
demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos). Estos --conforme
aparecen narrados en la demanda-- serían los hechos que el Estado reconoce
cuando se remite claramente a ese acto procesal.
20.
No obstante las expresiones enfáticas del Estado en algunos actos del
procedimiento internacional, particularmente los realizados o aportados después de
la celebración de la audiencia pública del 19 de febrero de 2003, las otras partes en
el proceso expusieron algunas reservas o dudas y requirieron a la Corte que fijara
el alcance de aquéllos. Esta petición resulta razonable si se toma en cuenta que en
el curso del procedimiento hubo diversidad de expresiones, interpretadas en
distinta forma, que podrían llevar a consecuencias asimismo diferentes. Para
sustentar una resolución final del tribunal es preciso que exista certeza sobre la
posición de las partes y se cuente así con un fundamento firme para establecer las
conclusiones y decisiones correspondientes. Esta necesidad justifica el acuerdo de
la Corte en el sentido de llevar adelante el enjuiciamiento y traer a cuentas diversas
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos