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Mérida Escobar declaró ante un tribunal sobre todo lo que había investigado y
concluido en su informe de 29 de septiembre de 1990 y reconoció su firma en dicho
informe y en los partes diarios que había hecho. Al terminar de rendir su
declaración, se le acercó un representante del Ministerio Público y le dijo que
acababa de firmar su sentencia de muerte. En efecto, el detective Mérida Escobar
inició esta declaración diciendo que temía por su vida. Fue asesinado el 5 de
agosto de 1991 cuando se dirigía a la Procuraduría de Derechos Humanos.
Tanto Rember Larios Tobar, antiguo jefe de José Mérida Escobar, como su
compañero auxiliar de investigación, Julio Pérez Ixcajop, tuvieron que exiliarse en
Canadá. Asimismo, todos los testigos, un periodista y un auxiliar de justicia
tuvieron que irse al exilio. En vista de esta situación, pidió exhortos, en el proceso
que tramitaba, para que los testigos que estaban en el exilio declararan ante los
tribunales nacionales respectivos. No obstante, las autoridades responsables se
tardaron alrededor de un año en los trámites respectivos y los hicieron tan mal y
tan defectuosos que cuando llegaron a Canadá fueron rechazados por no cumplir
con todos los requisitos, por lo cual tuvieron que volver a solicitarlos. Los plazos
procesales vencieron y no fue posible realizar estos exhortos, lo que la obligó a
tener que buscar a los testigos en Canadá y buscar todas las medidas de seguridad
necesarias para poderlos llevar a dar su testimonio en Guatemala.
Finalmente, Beteta Alvarez fue condenado a 30 años de prisión en calidad de autor
material del asesinato de su hermana. Sin embargo, durante la sentencia de
primera y segunda instancia, les cerraron la posibilidad de acusar a todos los
responsables, tanto materiales como intelectuales, por lo que tuvieron que acudir a
casación para revertir esas decisiones y poder continuar con la persecución de los
autores intelectuales.
En 1994 se inició un segundo proceso contra los autores intelectuales del asesinato
de Myrna Mack Chang, a saber: el general Edgar Augusto Godoy Gaitán, jefe del
Estado Mayor Presidencial, Juan Valencia Osorio, director del Departamento de
Seguridad Presidencial, Juan Guillermo Oliva Carrera, subjefe del Departamento de
Seguridad Presidencial, Juan Daniel Del Cid Morales, Juan José Larios, y un
individuo de apellido Charchal. Este juicio está pendiente de sentencia firme, lleva
ocho años y sólo ha sido condenado el coronel Juan Valencia Osorio. Este proceso
fue atendido por seis o siete juzgados controladores, y doce o trece tribunales,
incluyendo salas.
Por ello, solicitó a la Corte Interamericana ordenar el
nombramiento de un observador del proceso hasta que se dictara la sentencia
respectiva, tomando en cuenta que en el caso de Monseñor Gerardi la sentencia
que condenaba a los responsable de su muerte fue anulada en esta instancia, que
el proceso de “La Masacre de las dos Erres” está detenido por más de dos años y
medio porque tiene 31 amparos interpuestos y que en el caso de Colotenango, los
patrulleros de autodefensa civil están presionando para ser absueltos.
Quince días antes de que iniciara el juicio de 3 de septiembre de 2002, hubo varias
amenazas contra el abogado que le asistía. Le dejaron mensajes de muerte y
dispararon contra su casa, por lo que éste tuvo que trasladar a sus hijas fuera del
país.
El proceso se ha demorado, entre otras cosas, debido a la utilización de una serie
de tácticas dilatorias, como la interposición abusiva de múltiples recursos de
amparo. Por ejemplo, en el 2002 la defensa de los imputados interrumpió el juicio
alegando que ella había vulnerado los derechos de la hija de su hermana. La sala
le dio trámite al amparo y anularon el juicio, a pesar de que ni siquiera eran
derechos de los imputados. En otro amparo, sobre el tema de la prueba, a pesar
de que no era competencia de esa sala sino del tribunal, le dieron trámite e
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