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inclusive pretendieron eliminar toda la prueba documental y testimonial aportada
por la querellante adhesiva. Por otro amparo, alegaron que la querellante no había
determinado los extremos sobre los cuales tenía que declarar el perito y se
suspendió el juicio.
Además, en algún momento del proceso se ordenó la
devolución de la causa de la justicia civil a la militar provocando retrasos de años
discutiendo sobre esta competencia. En un primer momento los tribunales civiles
eran los que conocían el caso, pero la defensa insistía en ser juzgados por un
tribunal militar. Las autoridades judiciales no quisieron conocer o entorpecieron
cualquier actuación judicial precisamente por temor.
En 1996 pretendieron
clausurar el juicio, retrotraerlo y acumularlo al juicio contra Beteta Alvarez. Esa
discusión tardó tres años y los jueces que han intentando hacer algo han sido
amenazados.
Igualmente, amparados en el secreto de Estado contenido en el artículo 30 de la
Constitución Política de la República, el Ministerio de la Defensa Nacional rechazó la
entrega de documentos que podrían contribuir a demostrar la responsabilidad de
los imputados en este caso. Se solicitó información sobre procesos operativos y
administrativos normales del Departamento de Seguridad Presidencial, el récord de
la autorización de vehículos de esa época del Departamento de Seguridad
Presidencial y el expediente de su hermana, el cual la Comisión de Esclarecimiento
Histórico dio fe de haberlo visto por lo menos parcialmente, pero todo esto fue
denegado. Asimismo, se pidió información sobre personas en puestos claves y
especialmente si habían formado parte del sistema de inteligencia, lo que fue
rechazado por razones de seguridad. Al respecto, la ley guatemalteca es muy clara,
y establece que la información debe de ser otorgada cuando la solicita un juez
competente, y este será quien determine si es de seguridad o no. Sin embargo, no
se ha entregado nada.
En el proceso contra los autores intelectuales solamente fue condenada una
persona, el coronel Juan Valencia Osorio, y ahora el proceso de apelación se llevó a
efecto el 26 de febrero del año 2003. Con esto no se puede afirmar que se han
condenado a todos los responsables materiales e intelectuales del asesinato. Hay
otros sospechosos también intelectuales en el crimen de su hermana, pero las
autoridades no quisieron iniciar ninguna investigación, sobre todo por el riesgo que
esto conlleva. Existe un procedimiento abierto contra otros autores materiales. Es
obligación del Estado continuar con la investigación y llevar a todos los
responsables a juicio para lograr que se haga justicia en el presente caso.
En el año de 1994 le fueron entregados una serie de casetes que grabó Noel de
Jesús Beteta Álvarez, en los que describe exactamente cómo asesinó a su hermana,
definiendo claramente como se efectuó una operación ilegal de inteligencia para
matar a aquellos que eran considerados enemigos del Estado. Pretendía que se le
aplicara una redención de la pena por las declaraciones que él estaba dando.
Esperaba en todo caso una amnistía. Él manifestó que quien le dio la orden y quien
le dio la señal “de romanos” para matar a su hermana fue el coronel Juan Valencia
Osorio que había recibido instrucciones del general Edgar Augusto Godoy Gaitán.
En el juicio que se llevó a cabo entre el 3 de septiembre de 2002 y el 3 de octubre
de 2002 ante el tribunal competente, Beteta Álvarez reconoció que fue él quien hizo
las entrevistas, pero que las hizo en estado de drogadicción acusándola de
proveerle una onza diaria de cocaína para comprar su testimonio. No obstante, las
declaraciones son consistentes en espacio, tiempo y lugar, por lo que si durante los
seis o cuatro meses que duraron las entrevistas Beteta Alvarez hubiere estado
drogado por consumo de una onza diaria de cocaína no hubiera tenido capacidad
para hacerlas.
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