4
Americana, en perjuicio del señor Radilla Pacheco y sus “familiares”. Asimismo, el Estado
reconoció su responsabilidad por la violación a los derechos reconocidos en los artículos 5
(Derecho a la Integridad Personal) y 7 (Derecho a la Libertad Personal) de la Convención
Americana, en perjuicio del señor Radilla Pacheco. De igual modo, se allanó a la alegada
violación del artículo 5 (Derecho a la Integridad Personal) de la Convención, en perjuicio de “los
familiares” del señor Radilla Pacheco. Por otro lado, México negó la violación de los derechos
reconocidos en los artículos 3 (Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica), en
perjuicio de Rosendo Radilla Pacheco; 5 (Derecho a la Integridad Personal), en perjuicio de la
comunidad donde habitó el señor Radilla Pacheco; 13 (Libertad de Pensamiento y de Expresión)
en perjuicio de sus familiares, y 2 (Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno), todos
ellos de la Convención Americana. Finalmente, el Estado indicó estar dispuesto a mantener la
propuesta de reparación que había realizado durante el trámite ante la Comisión
Interamericana. El Estado designó a la señora María Carmen Oñate Muñoz, Embajadora de
México en Costa Rica, como Agente en el presente caso, designación que fue posteriormente
sustituida por la de la señora Zadalinda González y Reynero, Embajadora de México en Costa
Rica al momento de emitirse la presente Sentencia.
7.
El 7 y 10 de noviembre de 2008 la Comisión y los representantes presentaron,
respectivamente, sus alegatos escritos a las excepciones preliminares interpuestas por el
Estado.
II
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
8.
Durante el proceso ante este Tribunal, las partes remitieron a la Corte sus escritos
principales (supra párrs. 1, 4 y 6). Los representantes y la Comisión presentaron,
respectivamente, sus escritos de alegatos a las excepciones preliminares interpuestas por el
Estado (supra párr. 7). Asimismo, la Presidenta de la Corte (en adelante “la Presidenta”) ordenó
recibir las declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit) de dos presuntas víctimas,
diez testigos y tres peritos ofrecidos por la Comisión, por los representantes y por el Estado,
respecto de las cuales las partes tuvieron oportunidad de presentar observaciones. Además, la
Presidenta convocó a la Comisión, a los representantes y al Estado a una audiencia pública para
escuchar las declaraciones de dos presuntas víctimas, un testigo y un perito, así como los
alegatos finales orales de las partes sobre excepciones preliminares y los eventuales fondo,
reparaciones y costas. Por último, la Presidenta fijó plazo hasta el 14 de agosto de 2009 para
que las partes presentaran sus respectivos alegatos finales escritos4.
9.
La audiencia pública fue celebrada el 7 de julio de 2009 durante el LXXXIII Período
Ordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la sede del Tribunal, en San José de Costa
Rica5.
4
Cfr. Caso Radilla Pacheco Vs. México. Convocatoria a Audiencia Pública. Resolución de la Presidenta de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 29 de mayo de 2009, Puntos Resolutivos primero a cuarto.
5
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana, Florentín Meléndez, delegado, y Juan Pablo
Albán Alencastro y Lilly Ching Soto, asesores; b) por los representantes de las presuntas víctimas, Juan Carlos Gutiérrez
Contreras, Mario Alberto Solórzano Betancourt, María Sirvent Bravo-Ahuja, Humberto Guerrero Rosales y Alejandra
Gonza, asesora, y c) por el Estado, Fernando Gómez-Mont, Secretario de Gobernación de los Estados Unidos Mexicanos;
Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación; Juan Manuel Gómez-Robledo Verduzco, Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de
la Secretaría de Relaciones Exteriores; José Luis Chávez García, Procurador General de Justicia Militar de la Secretaría de
la Defensa Nacional; Pablo Ojeda, Coordinador de Asesores del Secretario de Gobernación; María Carmen Oñate Muñoz,
Embajadora Titular de la Embajada de México en Costa Rica, Secretaría de Relaciones Exteriores; Alejandro Negrín
Muñoz, Director General de Derechos Humanos y Democracia de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Jaime Antonio
López- Portillo Robles Gil, Director de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional; Ricardo Trejo Serrano,