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reparaciones dictada en el caso de Comunidad Moiwana, según lo contemplado en el
artículo 67 de la Convención y el artículo 59 del Reglamento de la Corte.
5.
En el pedido de aclaratoria, el Estado realizó, entre otras cosas, las siguientes
observaciones:
El Estado reconoce que la Convención indica expresamente que la sentencia de la Corte
no es apelable. Con la posibilidad de solicitar una aclaratoria del sentido y alcance de la
sentencia, los redactores de la Convención dieron a las partes en desacuerdo con la
sentencia, la oportunidad de peticionar a la […] Corte.
[L]a República de Surinam expresa que no está de acuerdo con determinadas partes de
la Sentencia del 15 de octubre de 2005 dictada por la Corte en el Caso de Comunidad
Moiwana vs. Surinam. El Estado respetuosamente solicita a la Corte la interpretación de
dichas partes de la sentencia.
A fin de que la Corte entienda en un caso, el artículo 61, apartado 2 de la Convención
ordena que deben completarse los procedimientos establecidos en los artículos 48 y 50.
El Estado manifestó en todas las comunicaciones previas realizadas durante el proceso y
en la audiencia pública realizada en el mes de Septiembre de 2004 ante la […] Corte,
que la Comisión había adoptado equivocadamente una comunicación como un Informe
del Artículo 50. En base al mencionado apartado 2 del artículo 61 de la Convención, el
“Informe del Artículo 50” erróneamente adoptado sirve como fundamento para la
presentación de la demanda ante la […] Corte. […] El Estado debe concluir que la […]
Corte no analizó el estado ni la condición de dicha comunicación –el Informe del Artículo
50- presentada por la Comisión como fundamento de su demanda ante la Corte en la
cuestión que nos ocupa. Dado que la Convención exige expresamente que se lleven a
cabo los procedimientos establecidos en los artículos 48 y 50 de la Convención, como
conditio sine qua non
para que la […] Corte ejerza su competencia sobre un
determinado caso, el Estado considera que la […] Corte debe analizar cuidadosamente
los procedimientos a fin de determinar si los requisitos mencionados en los artículos 48
y 50 de la Convención han sido cumplidos por la Comisión. Solo luego de este análisis
basado en las cuestiones de derecho podrá determinarse que dichos requisitos
establecidos por la Convención han sido cumplidos por la Comisión a fin de iniciar este
caso ante la Corte. Solo así tendrá la […] Corte el derecho establecido en el apartado 2
del artículo 61 de la Convención para entender en este caso en particular […] El Estado
ha expresado que está en total desacuerdo con la determinación de la Comisión según la
cual dicho informe debe ser considerado como Informe del Artículo 50. El Estado alegó
que la Comisión presentó, en forma errónea, varios actos de quienes actuaban por el
Estado como encuadrados dentro del marco de la Convención, mientras que en opinión
del Estado si las violaciones se produjeron, ellas deben ser analizadas a la luz de la
Declaración Americana de Derechos Humanos […] En general esto no sería
problemático. Sin embargo, el 29 de noviembre de 1986, cuando lamentablemente se
produjeron los hechos en la aldea de Moiwana, Surinam no era un Estado parte de la
Convención. Como estado miembro de la OEA, la Declaración se aplica a estos hechos
particulares.
Además, el Estado argumenta también que la comunicación a la que la […] Corte
califica como Informe del artículo 50, no se realizó adecuadamente de conformidad con
los artículos de la Convención como para operar como requisito previo de su solicitud a
la […] Corte en este caso particular. La sentencia no incluye una explicación de la […]
Corte en relación con estas dos comunicaciones y ello es muy importante para el Estado.
Este último respetuosamente solicita a la […] Corte una interpretación/explicación sobre
esta cuestión.
Además del Artículo 61 de la Convención, en el artículo 57 se establece: “La Comisión
deberá comparecer ante la Corte en todos los casos”. En base a lo dispuesto por la
Convención, es evidente que las únicas partes legitimadas para actuar como tales ante
la […] Corte son la Comisión, en representación de la víctima o sus representantes, y los
Estados parte. Aunque la República de Surinam de hecho no tiene problema en dar la
oportunidad de que los individuos se dirijan a la […] Corte para proporcionar información
útil en cuando a los hechos y testimonios del caso, esto puede ocurrir solamente a
través de la Comisión, dado que esta última es la única parte mencionada en la
Convención con legitimación para actuar ante la Corte en representación de la víctima o
su representante. El Estado considera que dado que la Convención prevalece sobre las