74 Por unanimidad, que: 10. El Estado debe pagar al señor Alfredo López Álvarez, por concepto de daño material, la cantidad fijada en el párrafo 194 de la presente Sentencia, en los términos de los párrafos 192, 193 y 194 de la misma. Por unanimidad, que: 11. El Estado debe pagar al señor Alfredo López Álvarez, por concepto de daño inmaterial, la cantidad fijada en el párrafo 202.a de la presente Sentencia, en los términos de los párrafos 201.a y 202.a de la misma. Por unanimidad, que: 12. El Estado debe pagar a las señoras Teresa Reyes Reyes, Alba Luz García Álvarez, Rina Maribel García Álvarez, Marcia Migdalia García Álvarez y al señor Joel Enrique García Álvarez, por concepto de daño material, la cantidad fijada en los párrafos 195.a y 195.b de la presente Sentencia, en los términos del párrafo 195 de la misma. Por unanimidad, que: 13. El Estado debe pagar a Teresa Reyes Reyes, Alfa Barauda López Reyes, Suamein Alfred López Reyes, Gustavo Narciso López Reyes, Alfred Omaly López Suazo, Deikel Yanell López Suazo, Iris Tatiana López Bermúdez, José Álvarez Martínez, Joseph López Harolstohn, José Jaime Reyes Reyes, María Marcelina Reyes Reyes, Apolonia Álvarez Aranda, Catarino López, Alba Luz García Álvarez, Rina Maribel García Álvarez, Marcia Migdalia García Álvarez, Mirna Suyapa García Álvarez y Joel Enrique García Álvarez, por concepto de daño inmaterial, la cantidad fijada en los párrafos 202.b, 202.c, 202.d y 202.e de la presente Sentencia, en los términos de los párrafos 188, 201.b, 201.c, 201.d, 201.e, 202.b, 202.c, 202.d y 202.e de la misma. Por unanimidad, que: 14. El Estado debe pagar al señor Alfredo López Álvarez, por concepto de costas y gastos, la cantidad fijada en el párrafo 215 de la presente Sentencia, en los términos de los párrafos 214 y 215 de la misma. Por unanimidad, que: 15. Supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia, y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma. Dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación de esta Sentencia, el Estado deberá rendir a la Corte un informe sobre las medidas adoptadas para darle cumplimiento, en los términos del párrafo 224 de la presente Sentencia. Los Jueces García Ramírez y Cançado Trindade hicieron conocer sus Votos Razonados y la Jueza Medina Quiroga hizo conocer su Voto Disidente, los cuales acompañan la presente Sentencia.

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