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vigencia de medidas provisionales para las más de 800 personas que conforman el
personal de el diario “El Nacional”.
32.
Que, en consecuencia, a pesar de los presuntos hechos de agresión y
hostigamiento presentados en relación con tres beneficiarios de las medidas
provisionales entre 2007 y 2008, el Tribunal considera que no existe información o
elementos que acrediten la persistencia de una situación de extrema gravedad y
urgencia de evitar daños irreparables a la vida e integridad de las 808 personas que
se encuentren en las instalaciones o que estén vinculadas a la operación periodística
del medio de comunicación “El Nacional”. Asimismo, las alegaciones sobre
restricciones directas e indirectas respecto a libertad de expresión, deben ser
analizadas en el marco de un caso contencioso y no en el mencionado contexto de
extrema gravedad que se busca enfrentar a través de medidas provisionales.
*
*
*
33.
Que sobre la obligación de investigar los hechos que motivaron la adopción de
las medidas provisionales, el Estado informó a la Corte que:
a) en relación con la detonación de un artefacto explosivo en las adyacencias del
diario “Así es la Noticia”, ocurrida el 31 de enero de 2002, el Ministerio
Público inició la correspondiente investigación, adelantando diversas
diligencias. El 25 de junio de 2007 la Fiscalía Quincuagésima de la
Circunscripción Penal del Área Metropolitana de Caracas decretó el archivo
fiscal de la causa;
b) en relación con los daños a las sedes de los diarios, ocurridos en 2004, el
Ministerio Público comisionó a la Fiscalía Sexagésima Segunda y Centésima
Vigésima Tercera de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas, las cuales practicaron diligencias tales como: inspección ocular,
fijación fotográfica, requerimiento de la elaboración de un retrato hablado; se
recabaron fotografías relacionadas con los hechos, experticia para obtener
rastros dactilares y un listado de vehículos afectados. El 23 de octubre de
2007 dichas fiscalías decretaron el archivo fiscal de las actuaciones;
c) en relación con los sucesos de 21 de agosto de 2007, en los que resultó
herida la periodista Vanessa Gómez, se comisionó a la Fiscalía Centésima
Vigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas. Dentro de esta investigación se han llevado a cabo
la práctica de reconocimientos médico legales, entrevistas, entre otras, y
d) respecto a las agresiones contra el reportero gráfico, ocurridas el 15 de marzo
de 2007, se solicitó información al Ministerio Público.
34.
Que los representantes señalaron que:
a) Las actuaciones realizadas por el Ministerio Público son insuficientes, toda vez
que no esclarecen quiénes fueron los autores de los hechos investigados y
representan, por lo tanto, sólo un cumplimiento formal. Existen tanto fotos
como videos de la ocurrencia de los hechos bajo los cuales sucedieron las
cosas, donde resultan perfectamente identificables los autores, y
b) el Estado no ha informado acerca de las diligencias realizadas para identificar
a los responsables, ni el resultado de tales diligencias.
35.
Que la Comisión manifestó su preocupación respecto a que dos de las causas
iniciadas para la investigación de los hechos que motivaron la adopción de las