Tras el lapso de unos diez minutos, la señora Bedoya volvió a preguntar, a lo que el guardia le dijo
que esperara que “ya venía la boleta”. En ese momento la señora Bedoya se dirigió al señor Cardona
y le pidió que fuera al vehículo para que llamara al fotógrafo106.
59. En ese instante, de conformidad con el acervo probatorio, cuando la señora Bedoya se
encontraba al frente de la Cárcel La Modelo, fue abordada por una mujer que le preguntó si ella era
“la periodista”107. Al mismo tiempo, se acercó un hombre que le preguntó si era ella la que iba a la
entrevista con “El Panadero”. Al contestar afirmativamente, el hombre la sujetó por el codo
violentamente y la amenazó con un arma de fuego diciéndole que si gritaba mataría a la gente que
había venido con ella. La trasladó a una bodega cercana a la cárcel, donde esperaban dos hombres
más108. Al llegar al lugar, le pusieron un trapo en los ojos, la golpearon, la insultaron, la agredieron,
le amarraron las manos y la sentaron en una silla. Pasado un tiempo, los hombres le dijeron que iban
a salir “de paseo”. La periodista insistía en preguntarles quien los había enviado y uno de ellos le dijo
que “los habían mandado a sanear los medios de tanto hijoeputa que había por ahí”109.
60. Posteriormente, la subieron violentamente a un vehículo, le cambiaron la venda de los ojos por
un esparadrapo en los ojos y la boca, y continuaron golpeándola. Luego de un tiempo, el vehículo se
detuvo y los hombres le quitaron el esparadrapo. La señora Bedoya pudo notar que en ese momento
había más personas porque “se escuchaban muchas voces” 110. A este respecto, la señora Bedoya
señaló la existencia de “hombres uniformados” que participaron en su secuestro111.
61. Tras amarrarla nuevamente, varios hombres la violaron 112. En el medio de dichos actos de
violencia, uno de los secuestradores le dijo, mientras la apuntaba con una pistola, “periodistas
hijueputas que tienen el país vuelto mierda, por culpa de ustedes es que está el país así”, que los
periodistas estaban “pagados por la guerrilla”113 y que les iban a “escarmentar para que no sigan
Fiscalía General de la Nación, 1 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folios 19, 22 y 23).
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 101); Denuncia formulada por Jorge Enrique Cardona Álzate
ante la Fiscalía General de la Nación, de 26 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 91); Cfr. Diligencia de declaración
jurada rendida por Jorge Enrique Cardona Álzate ante la Fiscalía General de la Nación, 1 de noviembre de 2011 (expediente
de prueba, folio 19); Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembrede 2011
(expediente de prueba, folio 802).
106
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 101), y Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la
audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo 23 de marzo de 2021 en el marco del 140 Período Ordinario de
Sesiones.
107
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 8 de junio de 2000 (expediente de prueba, folio 84). Ver también, Diligencia de continuación de la diligenciade
declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía General de la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de
prueba, folio 102), y Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 24 de febrero de 2016
(expediente de prueba, folio 24054).
108
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 102).
109
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 102).
110
Cfr. Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021
en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones.
111
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 103), y Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la
audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021 en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones, en la
cual la señora Bedoya definió a dicha violación como una “violación masiva” tras haber afrontado “todo tipo de abusos” y de
“torturas”.
112
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 101).
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