guevoniando y se tiren el país”114. Además, la acusaron de ir a la Cárcel La Modelo para “hacerle
prensa a la guerrilla”115. Posteriormente, le robaron el celular y, amenazándola nuevamente con una
pistola, le hicieron quitar la clave del mismo. Tras varias horas, cuando ya había anochecido, uno de
los secuestradores le dijo a la señora Bedoya que el “paseo” se había acabado. Ella cerró los ojos
esperando que la mataran116. Le quitaron la billetera y unos papeles que tenía en el bolso, le pegaron
con esparadrapo los papeles en el pecho y, de forma violenta, la dejaron en un lado de una carretera
en Villavicencio117. En total, la señora Bedoya estuvo secuestrada unas 10 horas
aproximadamente118.
62. La señora Bedoya pasó un tiempo sin poder moverse hasta que un taxista paró para ayudarla
y la llevó a un Comando de Atención Inmediata (“CAI”), perteneciente a la Policía Nacional. A dicho
lugar llegaron miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (en adelante “DIJIN”),
quienes la llevaron al Hospital Central de la Policía Nacional 119. Allí le realizaron un examen de
medicina legal y la pusieron en contacto con un comandante del ejército, quien le dijo que “iba a
mandar un helicóptero” y que no la “iban a dejar sola”120. Posteriormente, llegaron dos coroneles. La
señora Bedoya solicitó que la transportaran a Bogotá con ellos, si bien dicha petición fue denegada,toda
vez que el Director de la Policía había dado la orden de que fuera dicho cuerpo policial el que la
transportara a Bogotá121. Según lo relatado por la señora Bedoya, un comandante de las Fuerzas
Militares le dijo que había existido una “discusión interna porque la Policía quería mostrar[la] como
una persona rescatada por ellos” 122. Al día siguiente fue transportada a Bogotá e ingresada en la
Clínica de la Policía, donde la visitaron el Director de la Policía y el Ministro de Defensa 123. Estuvo
cuatro días en observación médica, durante los cuales le hicieron varios exámenes médicos, entre
los que destacan un examen ginecológico, la toma de fluidos corporales, así como análisis de sangre,
de orina y toxicológicos124. Las muestras tomadas fueron llevadas para análisis al Instituto de
Medicina Legal125.
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 104).
114
115
Ídem.
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folios 104 y 105); Diligencia de declaración jurada que rinde Jineth
Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 804).
116
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folios 104 y 105).
117
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 24 de febrero de 2016 (expediente de prueba,
folio 24050).
118
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 105); Diligencia de declaración jurada que rinde la señora
Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 804), y Juzgado Quinto Penal del Circuito
Especializado de Bogotá, Sentencia de 24 de febrero de 2016 (expediente de prueba, folio 24050).
119
Cfr. Diligencia de continuación de la diligencia de declaración rendida por Jineth Bedoya Lima ante la Fiscalía Generalde
la Nación, de 30 de mayo de 2000 (expediente de prueba, folio 105), y Diligencia de declaración jurada que rinde la señora
Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expediente de prueba, folio 805).
120
Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede
prueba, folio 805).
121
Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede
prueba, folio 805).
122
Cfr. Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011 (expedientede
prueba, folio 806).
123
Cfr. Informe 195 FGN.CTI.SI, Cuerpo Técnico de Investigación de Villavicencio, de 26 de mayo de 2000 (expediente de
prueba, folio 123), y Diligencia de declaración jurada que rinde la señora Jineth Bedoya Lima, de 26 de noviembre de 2011
(expediente de prueba, folio 806).
124
Cfr. Informe 195 FGN.CTI.SI, Cuerpo Técnico de Investigación de Villavicencio, de 26 de mayo de 2000 (expedientede
prueba, folio 123).
125
26