Jesús Emilio Pereira Rivera, alias “Huevo de Pisca” o “Alfonso”158, quien reconoció haber pertenecido
al Bloque “Centauros” de las Autodefensas Unidas de Colombia159.
74. El 26 de noviembre de 2011 la Fiscalía 49 Especializada le vinculó mediante diligencia de
indagatoria160. El 22 de junio de 2015 la Fiscalía 50 Especializada dispuso el cierre parcial de la
investigación seguida contra el señor Jesús Emiro Pereira Rivera y el 22 de septiembre de 2015
formuló Resolución de Acusación contra dicho señor por “secuestro simple agravado, tortura y acceso
carnal violento en persona protegida agravado”, decisión que fue confirmada en segunda instancia
el 26 de febrero de 2016161. El 6 mayo de 2019 el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de
Bogotá condenó a Jesús Emiro Pereira Rivera a 40 años y 6 meses de prisión y a una multa de 300
salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de los hechos, así como a la pena accesoria
de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, como coautor de los
delitos de “secuestro simple agravado, tortura y acceso carnal violento agravado en persona
protegida”, por los hechos de los que fue víctima la periodista Jineth Bedoya Lima el 25 de mayo de
2000162. El 28 de octubre de 2019 la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de
Bogotá D.C. acordó modificar la sentencia en el sentido de condenar a Jesús Emiro PereiraRivera a la
pena de 40 años y 6 meses de prisión y a multa de 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes al
momento de los hechos como coautor de los delitos de “de acceso carnal violento agravado” y
“secuestro simple agravado y tortura”163.
c.3 Procedimiento penal seguido contra Mario Jaimes Mejía
75. El 5 de agosto de 2011 la Fiscalía 6ª especializada asignada a la Unidad Nacional de Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario ordenó la apertura de la instrucción contra el ex
paramilitar Mario Jaimes Mejía, alias “el Panadero”164. El 12 de octubre de 2011 se le vinculó mediante
diligencia de indagatoria165.
76. El 2 de febrero de 2016 se llevó a cabo la audiencia pública de juzgamiento del procesado ante
el Juez Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, en la cual aceptó todos los cargos
imputados por la Fiscalía 50 Especializada de Derechos Humanos y DJH por “secuestro simple
cometido con circunstancia de agravación punitiva, en conexidad teleológica con las de tortura en
persona protegida y acceso carnal violento en persona protegida cometido con circunstancia de
agravación”. El 18 de marzo de 2016 se condenó a Mario Jaimes Mejía, en calidad de coautor
impropio, a 28 años, 2 meses y 10 días de prisión, así como una multa de 125 salarios mínimos
legales mensuales vigentes para el año 2000, entre otras sanciones, por los delitos de acceso carnal
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 6 de mayo de 2019 (expediente de
prueba, folio 24202).
158
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 6 de mayo de 2019 (expediente de
prueba, folios 24148 a 24226).
159
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 6 de mayo de 2019 (expediente de
prueba, folio 24151).
160
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 6 de mayo de 2019 (expediente de
prueba, folios 24152 a 24155).
161
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 6 de mayo de 2019 (expediente de
prueba, folio 24225).
162
Cfr. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., Sala de Decisión Penal, Sentencia de 28 de octubre de
2019 (expediente de prueba, folio 24274).
163
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 18 de marzo de 2016 (expediente de
prueba, folio 24096).
164
Cfr. Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, Sentencia de 18 de marzo de 2016 (expediente de
prueba, folio 24096).
165
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