continuaron recibiendo amenazas a través de correos electrónicos y llamadas 174. La señora Bedoya
tuvo intervenido el teléfono, lo cual fue constatado por integrantes de inteligencia militar 175 y
reconocido por el Estado en el marco del procedimiento contencioso ante este Tribunal 176. Sobre lo
anterior, la señora Bedoya relató en la audiencia pública ante la Corte que sus comunicaciones habían
estado interceptadas durante 21 años177. Asimismo, indicó que se llegó de descubrir que el esquema
de seguridad asignado por el Estado en el pasado hacía parte de una red de secuestradores de la
Policía178.
80. El 18 de agosto de 2003 la señora Bedoya fue secuestrada nuevamente junto con su equipo
periodístico de “El Tiempo” durante 5 días. El secuestro fue atribuido a las Fuerzas Armadas
Revolucionarias de Colombia (en adelante “FARC”) 179. En noviembre de 2010, después de publicar
su libro titulado “Vida y Muerte del Mono Jojoy”, la periodista volvió a recibir amenazas que, según
organismos de seguridad y de inteligencia del Estado, provenían de las FARC. Ante el peligro, la
periodista decidió salir del país temporalmente180. La periodista presentó una denuncia sobre estas
amenazas, la cual fue archivada en junio de 2014 por la Fiscalía, por estimar que era imposible
identificar a los responsables de las amenazas181. La señora Bedoya continuó recibiendo amenazas
a lo largo de estos últimos años, llegándole mensajes directo a su teléfono, mensajes de WhatsApp,
llamadas desde Colombia y desde el extranjero, así como mensajes al periódico donde actualmente
Disponible en: https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16505480
Cfr. Diligencia de ampliación de declaración de Jineth Bedoya Lima, de 22 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folios
335 y 336).
174
Cfr. Diligencia de ampliación de declaración de Jineth Bedoya Lima, de 22 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio
333). Ver también, Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 demarzo
de 2021 en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones.
175
176
Cfr. Contestación del Estado de 16 de marzo de 2020 (expediente de Fondo, folios 629 a 634).
Cfr. Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021
en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones.
177
Cfr. Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021
en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones.
178
Cfr. Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021
en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones, donde relató que “En el 2003 haciendo un reportaje en las selvas de
Colombia a donde no podía obviamente desplazarme con el esquema de seguridad, fui secuestrada por el Frente 44 de lasFARC
con el reportero gráfico que me ha acompañado. Estuvimos en cautiverio ocho días, y luego gracias a la acción humanitaria
de la iglesia de la zona y de habitantes de la zona, la guerrilla nos dejó en libertad”.
179
Cfr. Declaración de Jineth Bedoya Lima rendida en la audiencia pública celebrada los días 15, 22 y 23 de marzo de 2021
en el marco del 140 Período Ordinario de Sesiones.
180
181
Cfr. Fiscalía General de la Nación, Oficio No. 239-640, de 17 de junio de 2014 (expediente de prueba, folio 2076).
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