sociales y en general personas y grupos defensores de los derechos humanos; programas de difusión de memoria colectiva, con énfasis en dar un espacio y voz a mujeres y periodistas y de otros casos de graves violaciones de derechos humanos; encuentros para personas periodistas, defensoras de derechos humanos y sobrevivientes de violencia contra las mujeres y otros grupos focalizados”. (v) Con respecto a la solicitud de las representantes de la adopción de un Protocolo que de pautas específicas a la Fiscalía sobre como investigar amenazas contra periodistas y defensores/as de derechos humanos con perspectiva de género: arguyó que el Estado cuenta con una política pública integral y garantías para líderes y lideresas sociales, comunales, periodistas y defensores de derechos humanos. (vi) Con respecto a la solicitud de las representantes de incluir en el Código General Disciplinario como falta gravísima las acciones de funcionarios públicos que fomenten la violencia contra las mujeres, la discriminación basada en género y/o activen riesgos contra periodistas o justifiquen la violencia contra ellos: señaló que la solicitud era innecesaria, por cuanto la normativa que existe en materia disciplinaria cuenta con elementos para iniciar y adelantar una investigación contra funcionarios que incurran en violencia, discriminación de género y/o estigmatización. (vii) Con respecto a la solicitud de las representantes de garantizar la seguridad de Jineth Bedoya y su madre Luz Nelly Lima: reiteró que ha adoptado todas las medidas de protección necesarias con el fin de proteger la vida e integridad de ambas presuntas víctimas. (viii) Con respecto a la solicitud de las representantes de ordenar al Estado publicar datos desglosados sobre de violencia de género y sobre amenazas y violencia contra periodistas y defensores/as de derechos humanos en Colombia, incluyendo las denuncias efectuadas sobre estos delitos, el lugar de los hechos, las investigaciones adelantadas en virtud de las denuncias, el estado procesal de cualquier proceso de investigación asociado con cada uno de los delitos, y las personas fueron condenadas por los mismos respecto de cada delito: indicó que ya ha adoptado acciones dirigidas a publicar datos y rendir cuentas sobre la violencia basada en género en Colombia y que, en particular, diseñó un Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género. De modo complementario, la Defensoría del Pueblo ha publicado un informe sobre violencia basada en género y discriminación y la Delegada para los derechos de las mujeres y asuntos de género hace seguimiento de las recomendaciones establecidas en dicho informe. (ix) Con respecto a la solicitud de las representantes de establecer una cátedra obligatoria para todo funcionario público que tenga un rol dentro de la investigación, judicialización y atención a víctimas de violencia sexual: indicó que Colombia ha venido efectuando diversas acciones para cumplir este propósito, entre otros, las capacitaciones del Grupo de Fortalecimiento a la Justicia con enfoque de Género de la Dirección de Justicia Formal del Viceministerio de Promoción de la Justicia. (x) Con respecto a la solicitud de las representantes de la creación de un programa de prevención a las violencias contra la prensa en cabeza del Ministerio del Trabajo al que puedan acudir de manera optativa los medios de comunicación: indicó que el Estado cuenta con mecanismos suficientes para promover la prevención, protección y cuidados de periodistas. Añadió que, en virtud del Decreto 2137 de 2018, se creó la Comisión del Plan de Acción Oportuna para defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales y periodistas “con el fin de hacer seguimiento y tomar medidas de prevención y protección frente a las amenazas contra defensores de derechos humanos, líderes sociales y periodistas”. 70

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