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54.
Que el Estado en su contestación de la demanda estimó que los documentos
Nos. 2 a 4, 6, 7, 11, 18 y 19 “no guardan relación con la litis” del presente caso, por lo
que informó a la Corte que “no remitir[ía] copia certificada de los mismos”. Dichos
documentos son los siguientes:
2. La totalidad de la causa penal instaurada contra los señores Víctor García Uribe y
Gustavo González;
3. La documentación relativa a la investigación que se realiza en el fuero interno por la
supuesta tortura cometida contra los señores Víctor García Uribe y Gustavo González;
4. Las investigaciones realizadas en el fuero interno por los presuntos homicidios de los dos
abogados de los señores Víctor García y Gustavo González: señores Mario Escobedo y
Sergio Dante Almaraz;
6. la totalidad del expediente penal integrado por el supuesto homicidio de Mayra Juliana
Reyes Solís;
7. La totalidad del expediente penal integrado por el supuesto homicidio de Silvia Gabriela
Laguna Cruz;
11. La totalidad del expediente integrado por el supuesto homicidio de Verónica Martínez
Hernández;
18. La legislación interna que regula la donación de cuerpos no identificados, y
19. El listado de los expedientes que se hayan iniciado por las supuestas irregularidades
cometidas por los servidores públicos de Ciudad Juárez, relacionados con los homicidios de
mujeres y niñas de 1993 a la fecha.
55.
Que en la contestación de la demanda, respecto de los documentos números 1,
5, 8, 13, 14, 15 y 16, el Estado consideró que “sólo guardan relación parcial con la litis
del caso”, por lo que “remitirá únicamente la parte de esos documentos que se refiera
a los homicidios de Laura Berenice Ramos Monárrez, Claudia Ivette González y
Esmeralda Herrera Monreal”. Dichos documentos son los siguientes:
1. Los expedientes llevados en el fuero interno por la supuesta desaparición de las 11
presuntas víctimas indicadas por los representantes;
5. La totalidad de la investigación realizada por la Procuraduría General de la República
en el caso “Campo Algodonero y Cristo Negro”;
8. Los dictámenes antropológicos, y de causa y modo de muerte realizados por el Equipo
Argentino de Antropología Forense a nueve de las once presuntas víctimas identificadas
por los representantes;
13. Las diligencias realizadas a partir de julio de 2005 en la investigación previa que se
sigue por los supuestos homicidios de Esmeralda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos
Monárrez, Claudia Ivette González, así como Verónica Martínez Hernández, Mayra Juliana
Reyes Solís, María de los Ángeles Acosta Ramírez, María Rocina Galicia Meráz, Merlín
Elizabeth Rodríguez Sáenz, Barbara Araceli Martínez Ramos, Guadalupe Luna de la Rosa,
y la mujer no identificada (localizada en el Campo Algodonero);
14. Los libros, registros o documentos en los cuales se haya realizado un registro de los
cuerpos de mujeres no identificadas de 1993 a la fecha;
15. Las actas de defunción de Esmeralda Herrera Monreal, Claudia Ivette González, Laura
Berenice Ramos Monárrez, María de los Ángeles Acosta Romero, María de los Ángeles
Acosta Ramírez, Guadalupe Luna de la Rosa, Mayra Juliana Reyes Solís, Verónica Martínez
Hernández, Barbara Araceli Martínez Ramos, María Rocina Galicia Meráz, Merlín Elizabeth
Rodríguez Sáenz y de la mujer no identificada, y
16. Los registros de cuerpos femeninos no identificados que ingresaron al antiguo
anfiteatro de 1993 a 2007, hoy Escuela de Medicina de la Universidad Autónoma de
Ciudad Juárez.